Agresión sexual

Condenado un menor en Barcelona por facilitar una violación perpetrada por un niño de 11 años y medio

El autor material de la agresión sexual es inimputable por su edad

Peatones en la Rambla Prim, en una imagen de archivo.

Peatones en la Rambla Prim, en una imagen de archivo.

El Juzgado de Menores número 6 de Barcelona ha condenado al menor de edad J. C. C. a un año y medio de internamiento como cooperador necesario de una agresión sexual a una niña de 13 años cometida por otro menor, F. P. J., en este último caso inimputable al tener 11 años y medio en el momento de los hechos. La violación tuvo lugar en septiembre de 2020 en la capital catalana. El ahora condenado tenía 14 años y, por tanto, sí que es imputable judicialmente a diferencia del autor material. La sentencia relata que la niña fue obligada por F. P. J a hacerle una felación y que después la penetró analmente. Ocurrió en el barrio del Besòs, mientras J. C. C lo contemplaba y vigilaba que nadie interrumpiera la agresión.

La jueza considera probado que poco antes de las 20.45 horas del 25 de septiembre de 2020, el condenado J. C. C se encontraba en un parque de la Rambla Prim con el otro menor. F. P. J. Ambos se percataron que por el lugar pasaba la víctima. Iba sola hacia su casa. Los dos se pusieron a andar a su lado, siguiendo su trayectoria. F. P. J., el muchacho de menor edad, le dijo a la niña: "Te acompaño". Ella, extrañada, le dijo que no hacía falta, pero no desistieron. La chica temía por su seguridad porque el niño de menor de 11 años simuló esconder en una riñonera algún objeto peligroso.

Acto seguido, F. P. J. hizo desviar a la niña de su camino, exigiéndole que bajara por un lugar distinto al que la conducía a su casa. La muchacha le dijo que no quería ir por allí, pero él la amenazó: "¿Quieres vivir o morir?". Mientras, J. C. C., el joven de 14 años condenado, contemplaba la situación "sin hacer nada".

La víctima, aún más atemorizada por la frase de F. P. J. y por la presencia del otro joven mayor, le respondió que quería vivir. Entonces, el autor material de la agresión sexual exigió a la niña, representada por el abogado Daniel Salvador, del despacho Vosseler, que le hiciera una felación, mientras que indicaba a J. C. C. que se ubicara en un lugar para vigilar el entorno. La muchacha se negó inicialmente, pero F. P. J. la volvió a amenazar de muerte, venciendo así su resistencia. Después la penetró analmente. J. C. C. contempló la agresión.

Sentencia al cabo de dos años y medio

El juzgado condena a J. C. C. a 18 meses de internamiento y dos años de libertad vigilada como cooperador por un delito de agresión sexual con acceso carnal por vía bucal y anal a menor de 16 años. Además, deberá pagar 5.000 euros a la víctima por los daños morales, dinero que tendrán que desembolsar los padres del condenado.

El pasado 23 de febrero se celebró el juicio, en el fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito grave de agresión sexual, culpó al acusado como cooperador necesario y propuso una medida de internamiento en régimen cerrado durante tres años y libertad vigilada durante los tres posteriores. Daniel Salvador, de Vosseler Abogados y defensor de la menor, se adhirió a la calificación jurídica y las medidas solicitadas por el ministerio fiscal.

En la vista, el menor acusado, J. C. C., declaró que estaba con su amigo en el parque de las Palmeras y vieron a la víctima, a la que conocían del barrio. Según su versión, su amigo y la muchacha hablaban, pero él no les entendía porqué iba un poco atrás. Tampoco sintió ninguna amenaza de F. P. J. hacia la niña y ella tampoco le pidió ayuda. En un momento determinado F. P. J. le dio su mochila y le dijo que esperara en lo alto de unas escaleras. Se marcharon y él se quedó sentado en un banco unos cinco minutos. Luego su amigo volvió y la chica se marchó. El autor de la agresión le comentó que la chica le había hecho una felación de forma consentida. También aseguró que a la chica le había visto "normal" y en ningún momento asustada. Al día siguiente, en el parque, unas conocidas de la joven le dijeron que su amigo había penetrado analmente.

La magistrada se cree la versión de la víctima, al considerar que ha mantenido "invariable" el relato de hechos en todo momento, desde la declaración a los Mossos, a la fiscalía y en el juicio, y que no tienea ninguna animadversión hacia el acusado ni a su amigo inimputable. En el juicio, la víctima dijo que el acusado había visto la agresión en todo momento.

Además, unos 'mossos' relató que dos días después de la agresión, el 27 de septiembre, estaban deteniendo a los mismos menores en aquella zona por un robo con violencia. Fue entonces cuando una amiga de la víctima les relató lo que le había contado la menor y los agentes acudieron al domicilio de la joven para tomarle declaración. La niña acudió al hospital ese mismo día. Según la magistrada, la conducta del condenado contribuyó a la violación y por tanto le considera cooperador necesario.

Reducción de la pena

Respecto a la pena, los informes sociales determinan que el acusado forma parte de una familia con lazos afectivos muy fuertes pero un estilo educativo "laxo e inconsistente, con una capacidad normativa muy escasa". Es su primer juicio, pero ya antes de los 14 años, cuando era inimputable, la DGAIA le había abierto un expediente de riesgo por su comportamiento "transgresor", con un seguimiento por parte del servicio de la Generalitat.

Los informes determinan que es un joven "nervioso, poco maduro e influenciable por el grupo de iguales características disociales, circunstancia que constituye un factor de riesgo muy significativo". El muchacho ha mejorado su rendimiento y parece que se ha distanciado del grupo de relaciones anterior. Por eso, la magistrada ve buen pronóstico al joven y reduce la petición de la fiscalía, de tres años de internamiento, a la mitad.