SENTENCIA
Un conductor "ebrio" que provocó un accidente es absuelto tras conseguir anular la prueba del alcoholímetro
Chocó con su coche contra un autobús de la EMT en el centro de Madrid en octubre de 2021. Dos pasajeros resultaron heridos
El fiscal pedía para él 6 meses de prisión y lo acusaba de dos delitos de lesiones por imprudencia grave tras dar positivo en el test de alcoholemia, pero un error en un certificado lo ha librado de ser condenado

Glorieta de San Vicente, en Madrid. / AYUNTAMIENTO DE MADRID
Chocó con su coche contra un autobús de la EMT (Empresa Municipal de Transportes) en el centro de Madrid, provocando un accidente en el que dos pasajeros resultaron heridos. Dio positivo en la prueba de alcoholemia, pero acaba de ser absuelto después de lograr anular la prueba principal contra él durante el juicio celebrado el pasado 24 de noviembre en el juzgado de lo penal 11 de Madrid.
El hombre, de 44 años y español, conducía su vehículo, un Peugeot 308, por la Glorieta de San Vicente, a la altura del Centro Comercial Príncipe Pío, el 6 de octubre de 2021, cuando, según el atestado de la Policía Municipal de Madrid, "colisionó" con el autobús. Eran las seis de la tarde. Ambos vehículos estaban parados en un semáforo de dicha rotonda.
"Frenó bruscamente"
Cuando el semáforo se puso en verde, el conductor del coche "adelantó al autobús, invadió su carril y se colocó delante de él". Luego, según el informe policial, "frenó bruscamente, haciendo que el autobús impactara por detrás" con el Peugeot.
Varios pasajeros del autobús tuvieron que ser atendidos por los servicios médicos como consecuencia del impacto. Dos de ellos sufrieron lesiones. El accidente provocó "policontusiones con hematoma en región de tejido celular subcutáneo próximo al nervio cubital" a un hombre. Una mujer sufrió una contusión en un dedo de la mano izquierda.
"Fuerte olor a alcohol"
Una patrulla de policías que estaba en la zona acudió al lugar de los hechos y, tras entrevistarse con los conductores de los dos vehículos implicados en la colisión, detectaron que el conductor del coche tenía un "fuerte olor a alcohol en el aliento, ojos enrojecidos y cambios de humor". Los agentes añadieron en su atestado que "al ser preguntado si había tomado alcohol antes de conducir, este manifestó que cerveza y vino".
Decidieron realizarle una prueba de alcoholemia que dio positivo. 0,47 mg la primera vez que le hicieron el test y 0,43 mg en la segunda prueba, según constan en el atestado.
El juez decidió enviarlo a juicio. El fiscal pedía para el hombre 6 meses de cárcel y cuatro años de retirada del carné de conducir por dos delitos de lesiones por imprudencia grave en concurso con otro delito de conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas, lo que le suponía la pérdida del permiso de conducción, que debía volver a sacarse pasado ese tiempo. Sin embargo, durante el juicio, un error detectado por su abogado, Juan Manuel Medina, director de Medina Abogados, llevó a que el magistrado lo absolviera.
"No alcanza el umbral penal"
En su atestado, la Policía Municipal aportó los tickets de los dos test de alcoholemia que realizaron al conductor, pero a la hora de añadir el "certificado de verificación periódica" de esa máquina, se equivocaron e incorporaron el certificado de otro aparato. Un "error palmario", según la sentencia, que "no permite dar por válida la prueba del etilómetro incorporada a los autos".
Con la prueba principal anulada, el juez concluye en su sentencia que "no ha quedado suficientemente probado que el acusado tuviera sus capacidades cognoscitivas y volitivas alteradas de un modo significativo por el consumo de alcohol, pese a haber consumido una copa de vino durante la comida". Recuerda que, en todo caso, aunque se hubiera tenido en cuenta la prueba de alcolemia, el test practicado al conductor dio como resultado una tasa por debajo de 0,60 miligramos por litro, por lo que "no alcanza el umbral penal" para considerar su conducta como delictiva.
El magistrado añade que "en ausencia de la prueba objetiva como la del etilómetro, el arsenal probatorio descansa en las declaraciones" del conductor del autobús y del conductor del Peugeot, que no son "imparciales". Concluye que las pruebas contra el acusado son "muy endebles" y absuelve al hombre: "el reproche a la conducción no es grave, no se trata de una conducción grosera, pues se le atribuye principalmente un frenazo, los síntomas quedan reducidos a una cierta halitosis alcohólica y a ciertos cambios de humor, que son compatibles con un momento de estrés".
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