Desórdenes públicos

Condenan a un joven a un año de prisión por sus acciones durante una protesta contra Vox

Quedó probado el lanzamiento de objetos contra establecimientos durante el acto | Otro manifestante fue absuelto por falta de pruebas

Fachada del Palacio de Justicia de Barcelona.

Fachada del Palacio de Justicia de Barcelona. / Europa Press

EFE

La Audiencia de Barcelona ha absuelto a un joven acusado de un delito de desórdenes públicos durante una protesta contra un acto de Vox en Barcelona y condena a otro manifestante a un año de prisión por ese delito y a la pena de 25 días de multa con una cuota diaria de 6 euros por un delito leve de daños.

La Fiscalía pedía hasta seis años de prisión y 900 euros de multa para estos dos jóvenes de ideología antifascista que el 8 de febrero del 2019 presuntamente lanzaron objetos, sin causar heridos, en el exterior de una pizzería del centro de Barcelona en la que Vox había organizado un acto privado para sus simpatizantes.

En su sentencia, el tribunal absuelve a uno de los dos jóvenes al considerar "claramente insuficiente" la prueba aportada contra él durante el juicio celebrado el pasado 8 de febrero.

La sección sexta de la Audiencia de Barcelona resalta en este sentido que ninguno de los agentes que testificó en el juicio identificó a este joven en el lugar de los hechos, como tampoco lo hicieron el resto de testigos, de manera que no queda acreditado que estuviera presente en dicha concentración.

En cambio, la sala ve acreditado que el otro joven imputado mantuvo una "actitud mucho más agresiva y violenta" que la del resto de los manifestantes, que se "limitaron a expresar su opinión contra" Vox, llegando a lanzar en un primer momento una botella de cristal contra el citado establecimiento de restauración.

El tribunal sostiene, además, que tras el aviso de desistimiento efectuado por los agentes de los Mossos d'Esquadra, el joven condenado "incrementó su agresividad contra los mismos": pateó un palé, movió una valla poniéndola en medio de la calle para impedir el paso de los policías, incendió contenedores y, posteriormente, la emprendió a golpes contra la persiana de un establecimiento comercial, detalla la sentencia.

Todo ello, señala la sentencia, alteró "gravemente el normal funcionamiento" tanto de la tarea policial como el normal acceso y desarrollo de un acto privado en un establecimiento abierto al público, algunos de cuyos asistentes tuvieron que ser "protegidos" por la policía.

El tribunal ve asimismo probado que el manifestante condenado causó de "forma voluntaria y consciente los daños en la persiana del establecimiento", daños que están "plenamente acreditados y objetivados", además de tasados.

Pese a ver acreditados los hechos, la sala rebaja la pena que solicitaba el ministerio público para el joven condenado tras constatar que no se produjo un "flujo desordenado" de personas a consecuencia de sus actos, que no hubo ni agentes ni otros protestantes lesionados y que su actitud "no supuso un especial riesgo" para el resto de usuarios.

"Los objetos lanzados, como los colocados en la vía, no fueron directamente lanzados contra los agentes ni impactaron a éstos ni contra otras personas", esgrime el tribunal para imponerle la pena mínima por un delito de desórdenes públicos, la de un año de prisión.

En cuanto a la responsabilidad civil, condena al joven al pago de 400 euros por los daños causados en la persiana del establecimiento, cantidad que ya fue consignada por el acusado en julio del 2021.