Susana Delgado está embarazada de 37 semanas. Ha solicitado hasta en siete ocasiones, amparándose en la Ley de Igualdad de marzo de 2007, la baja por riesgo durante el embarazo, ya que trabaja eventualmente desde 2004 como técnico especialista en radiodiagnóstico en el Hospital Clínico. Sin embargo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le ha denegado todas las veces la baja, que le permitiría seguir cobrando el 100% de su sueldo y que le continuaran llamando para el empleo.

A pesar de ello, ha tenido que seguir trabajando en su área de especialidad, lo que puede ocasionar, según ella misma reconoce, "malformaciones al feto". El calvario administrativo ha sido tal que ha llegado a darse de baja en dos ocasiones –por ansiedad– e incluso denunció a la inspectora médica que suscribió las cinco primeras negativas por prevaricación, aunque el juez instructor archivó el asunto indicándole que debía acudir a la vía Contencioso-Administrativa. "La denunciamos porque, aun sabiendo que el niño puede sufrir daños, siguió adelante con su decisión saltándose la Ley de Igualdad", dice. Actualmente se encuentra de baja.

En las cinco primeras ocasiones solicitó la baja por riesgo físico para el futuro bebé; en las dos últimas, por la posibilidad de contraer la gripe A, también denegadas. "No entiendo por qué a algunas compañeras que trabajan en la Sanidad, e incluso en mi mismo hospital, le dan la baja y a mí no; me quejo de que no sé por qué criterio se rigen para conceder esta licencia, por qué a unas sí y a otras no: es completamente arbitrario", afirma Susana, que se muestra convencida de que su denuncia ayudará a que otras mujeres no pasen por la misma situación.

La Ley de Igualdad dice textualmente: "Cuando las condiciones del puesto de trabajo de una funcionaria incluida en el ámbito de aplicación del mutualismo administrativo pudieran influir negativamente en la salud del mujer, del hijo e hija, podría concederse licencia por riesgo durante el embarazo, en los mismos términos y condiciones previstas en la normativa aplicable".

En uno de los documentos necesarios para la tramitación de la prestación, firmado por el Servicio de Medicina Preventiva, se indica que su historial dosimétrico –aparato que mide la radiación– "está, en todas las mediciones, claramente por debajo de lo normativa. No está, pues, especialmente expuesta a radiaciones ionizantes, sino que su riesgo es similar al de cualquier otra profesión".

"También es frecuente que estén –los técnicos en radiología– con los pacientes, circunstancia ésta que condiciona la posibilidad de agresión; este hecho aboca a riesgos inaceptables para su condición de embarazada. Aconsejamos que se eviten o minimicen estos riesgos o, de no ser posible, se le conceda la prestación", concluye.

Un inspector de Trabajo visitó el hospital para ver las condiciones laborales de Susana. En ese momento, el 11 de junio de 2009, estaba embarazada de 20 semanas, y había sido trasladada a la máquina de TAC, en el área de ecografías. "Me fiaba de las medidas preventivas de esa zona".

Los usuarios del TAC son pacientes oncológicos que han sido tratados por la mañana con radioterapia y, por la tarde, acuden a la zona. "Se informa de que las radiaciones ionizantes recibidas en dicho tratamiento presentan un periodo de expulsión que puede llegar a las 48 horas, con lo que es previsible que cuando se le esté efectuando al paciente la prueba del TAC todavía queden en su organismo dichas radiaciones", dice el inspector en su informe. También acuden pacientes con sida y otros virus.

Susana no entraba en la sala del TAC, ya que la enfermera recibe al paciente y le inyecta el contraste para la prueba. Sin embargo, en varias ocasiones la trabajadora debe ayudar a la enfermera, lo que presenció en directo el inspector. "La trabajadora y el feto se vieron previsiblemente expuestos a las posibles radiaciones todavía presentes en el cuerpo de la paciente", añade el inspector.