El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Vélez Málaga contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Málaga que declaró nulo el pleno de aprobación del presupuesto municipal de 2017.

Se consideró en primera instancia el recurso interpuesto por los ediles del grupo del PP por «vulneración de los derechos de participación política del artículo 23 de la Constitución, ya que tanto la comisión como el pleno se convocaron en abril de 2017 con menos de 24 horas de antelación».

Previamente, uno de los socios de gobierno, el PA, había llegado a alertar de que abandonaría el pacto actual si no se culminaba la aprobación del principal documento municipal para ese año.

Nada más conocerse ayer la sentencia que además condena al Consistorio a abonar las costas de todo el procedimiento, el concejal veleño de Hacienda, el socialista Juan Carlos Márquez, se apresuró a puntualizar que los servicios jurídicos municipales contemplan la posibilidad de presentar ahora un recurso de casación, pese al fallo que desestima el «recurso de apelación» del propio Ayuntamiento veleño.

Arremetió asimismo contra el PP porque «decepciona su forma de hacer política». En este sentido lamentó que en vez de «realizar una oposición efectiva, pretende conseguir erróneamente sus objetivos a través de los tribunales, sin tener en cuenta mínimamente las consecuencias negativas que eso puede acarrear a la ciudadanía del municipio».

También dijo que el equipo de gobierno yatrabaja en unos nuevos presupuestos para el presente año, «pensando únicamente en un futuro mejor para Vélez Málaga». El PP, por su parte, recordó la improcedencia de convocar tanto la comisión como el pleno, para un asunto tan significativo como los presupuestos municipales de todo un año, «fuera de la legislación, sin darle a la oposición posibilidad de analizar con un mínimo margen la extensa documentación aportada».

La sentencia del alto tribunal andaluz da la razón al grupo municipal del Partido Popular y alega que la justificación de la urgencia «era pura y simplemente una tautología y que el defecto no fue sanado en las reuniones posteriores». El propio Márquez, como edil de Hacienda, en el pleno del 6 de abril de 2017, «se limitó a invocar determinadas circunstancias tanto técnicas como políticas». Aseguró que había «una serie de proyectos» pendientes de que fuese aprobado ese día el presupuesto.

«Se trata de manifestaciones que por su excesiva vaguedad y generalidad, no justifican la vulneración de la regla de que las sesiones sean convocadas al menos con dos días hábiles de antelación», se especifica. Además, la administración municipal «no actuó conforme a derecho, pues como se desprende de las actuaciones, las distintas convocatorias no contemplaban motivación alguna que justificaran la urgencia de la sesión».

El TSJA insiste en que el material en CD se puso a disposición de la oposición «con menos de 24 horas de antelación a la comisión informativa». Vélez Málaga trabaja actualmente con el presupuesto prorrogado de 2016.