Economía
Si tienes deudas con Hacienda, estás de suerte
Las deudas con Hacienda desaparecerán del historial de los contribuyentes a partir del 30 de noviembre si cumplen una serie de condiciones
La Agencia Tributaria ha sacado el pañuelo blanco en la batalla por resolver las deudas de los contribuyentes: desde el próximo 30 de noviembre, todas aquellas personas que tengan una cuenta pendiente con Hacienda van a quedar exentas de pagarla si no supera la cantidad que no sale rentable a Hacienda.
Todos los ciudadanos envueltos en esta circunstancia (una deuda con Hacienda menor de la cantidad fijada por la resolución), están de enhorabuena: no solo no tendrán que devolver el dinero, sino que el expediente se eliminará de su historial.
Según la resolución aprobada por la Dirección General de la Agencia Tributaria y la Intervención General de la Administración Pública, quedan perdonadas todas las deudas de una cantidad "insuficiente para la cobertura del coste que representa su recaudación".
En otras palabras: Hacienda va a cancelar todas las deudas de una cantidad superior a lo que le cuesta cobrarlas. Eso sí, a quienes hayan contraído la deuda antes del 1 de junio de 2022.
¿Por qué Hacienda está perdonando las deudas?
El motivo que exhibe la Agencia Tributaria para justificar la condonación de las deudas es la rentabilidad: argumenta que, por debajo de cierta cantidad, le sale más caro el trámite de cobrarlas que el dinero que se va a ingresar a las arcas públicas. El objetivo de la medida es, por tanto, "evitar actuaciones recaudatorias que presupongan un nulo provecho para la Hacienda Pública o para el cumplimiento de los fines encomendados a la Administración Pública".
¿Cuál es la cantidad de dinero que está perdonando Hacienda?
Hacienda perdonará todas las deudas inferiores a 3€ que hayan sido contraídas con la Agencia Tributaria antes del 1 de junio de 2022, y desaparecerán completamente de su expediente a partir del 30 de noviembre, cuando la resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado entra en vigor.
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