­La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta a la cantante Isabel Pantoja por blanqueo. En concreto, la artista es sentencia a dos años de prisión y a pagar una multa de 1,1 millones de euros, por lo que evita la cárcel. A Maite Zaldívar se le estima parcialmente el recurso, por lo que se le reduce la pena desde los tres años y tres meses a los dos años y medio, y la multa desde los 2,4 millones hasta los 1,7, ya que la segunda instancia no aprecia continuidad delictiva en el lavado de dinero. Esta revisión de la sentencia de instancia le vale también al exregidor marbellí Julián Muñoz una rebaja desde los siete años de cárcel por cohecho y blanqueo hasta los seis años y medio. La sanción económica le baja desde los casi 3,9 millones de euros hasta los 3,2.

La ley establece que un condenado a dos años o menos de cárcel puede pedir la suspensión de la condena si carece de antecedentes penales y tiene intención de reparar el daño causado, a lo que se suma que no delinca otra vez en un determinado periodo de tiempo. Pantoja cumple todos estos requisitos: ha sido condenada a 24 meses de prisión, está pagando la multa impuesta y no tiene antecedentes. Eso sí, la decisión final es de la Audiencia Provincial de Málaga.

Distinta suerte podría correr Maite Zaldívar, cuyos abogados han conseguido una considerable rebaja, desde los tres años y tres meses a los dos años y medio, así como también ha menguado la multa, desde los 2,4 millones hasta los 1,7, precisamente porque el tribunal entiende, como el despacho Herrera y Ábalos defendía, que no hay continuidad delictiva en el blanqueo. Ello le vale una rebaja similar en los años de cárcel a su hermano, Jesús Zaldívar, desde los tres años y tres meses a los dos años y medio, y a Julián Muñoz, que, pese a no recurrir, se beneficia de una reducción de la pena desde los siete años a los seis años y medio por cohecho y blanqueo. La defensa de los Zaldívar ha sacado petróleo con su recurso.

Zaldívar ha sido sentenciada a más de dos años, por lo que fuentes de su defensa aseguraron ayer que podría entrar. Además, no tiene dinero para hacer frente a la multa. Eso sí, ya están barajando ir al Tribunal Constitucional.

De cualquier forma, la sentencia deja claro que Pantoja delinquió y sabía que lo estaba haciendo. «Atendiendo a la conducta delictiva de blanqueo por parte de la acusada que se desarrolló en el periodo de los años 03-06, la conclusión que se extrae de ella no puede ser otra que la recurrente sabía que su compañero sentimental estaba imputado en numerosos procesos penales», dice el Supremo.

Y hay más párrafos similares: «La acusada conocía que el dinero que Muñoz ingresó en sus cuentas bancarias y con el que operó en la adquisición de valiosos bienes procedía de las actividades delictivas en que se hallaba implicado su compañero sentimental», no sólo por las informaciones y la alarma social causada por la corrupción en la época -primera mitad de la pasada década-, sino además por «su vínculo sentimental» y la convivencia diaria.

El Supremo, en ponencia del magistrado Alberto Jorge Barreiro, insiste: «La recurrente puso a su nombre bienes inmuebles, sociedades y algunos negocios de explotación ganadera que fueron adquiridos con el dinero ilícito de su compañero sentimental».

La defensa se quejó de que había sido Pantoja la que tuvo que demostrar el origen lícito de su dinero, lo que se conoce como invertir la carga de la prueba. Su abogado, por ejemplo, alegó que la relación entre Pantoja y Muñoz empezó en abril de 2003, y la compra del apartamento del Guadalpín se produce en febrero del mismo ejercicio.

Dice la Sala que los responsables de Aifos señalaron que Muñoz presentó a Pantoja en la Feria Internacional de Turismo (Fitur) de enero de 2003 a los empleados para que comprase el apartamento, y que la relación sentimental se exteriorizó en junio de ese año, en el Rocío, si bien en abril el entonces alcalde y Maite Zaldívar dejaron de vivir juntos. Al menos desde mediados de 2002, «existía una relación que no era ocasional, sino íntima o de estrecha amistad». Si en abril cesó la convivencia del matrimonio, «lo lógico y razonable es estimar que la relación de la nueva pareja se hubiera iniciado cuando menos varios meses antes». En el caso del chalé de La Pera, la suma blanqueada es de 52.000 euros, de forma que Pantoja se ve obligada a pagar la hipoteca pese a que pensaba que iba a hacerlo su pareja, dice el Supremo.

En cuanto a los ingresos en efectivo en sus cuentas bancarias, la Sala Segunda determina que entre 1996 y 2002 Pantoja ingresó 272.000 euros, y sólo en 2003, cuando arranca su idilio con el alcalde de Marbella, 293.000 euros.

Sus abogados atacaron los informes de la Udyco y los de Hacienda, pero la Sala II da validez a los indicios que se extraen de los mismos.