La operación para reclamar a Limasa el pago de todas las condiciones económicas que tenían fijadas en el convenio colectivo de 2010/12 y que fueron restablecidas por el auto del Tribunal Supremo del pasado mes de mayo cumplió ayer su primera puesta en escena.

Promovidas por el Sindicato Trabajadores de la Administración Local (STAL), que ganó dicha sentencia en el Supremo, durante el mes de julio se presentaron decenas de demandas individuales de reclamación de cantidad de los haberes que los trabajadores han dejado de percibir desde 2012 y que ahora el Supremo les reconoce. Las demandas de reclamaciones se presentaron en el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CMAC).

Ayer se vieron las primeras demandas, una docena aproximadamente, con el resultado de no avenencia por lo que ahora se dilucidarán directamente en el juzgado que corresponda.

La representación legal de los trabajadores demandantes mantuvo su reclamación de cantidad, mientras que el abogado de Limasa no se avino a la misma. El abogado no solo rechazó el acuerdo sino que anunció que presentará una reconvención ante la posibilidad de que los cálculos de atrasos presentados en base al convenio «arrojen un saldo negativo al trabajador».

De las demandas presentadas la más alta es de 23.086 € y corresponde a un operario de limpieza del turno de noche; la más baja, de un operario servicio de limpieza diurno, es de 21.387€.

Las reclamaciones se establecen desde enero de 2012 a junio de 2018 y contienen una subida del 2,4% correspondiente al año 2012, una vez aplicada la cláusula de garantía salarial; así como de una subida anual del 2% para el resto de las anualidades, según se establece en convenio, salvo para la bolsa de Navidad.

De esta manera las reclamaciones contienen todo lo que no se ha cobrado durante estos años en concepto de salario base, plus de nocturnidad, plus extrasalarial y plus complementario, además de las pagas de productividad y las extras de Navidad, julio, marzo y septiembre y se incluyen los 68 euros de la ayuda de diciembre.

Respecto a los festivos, el convenio fijaba la posibilidad de trabajarlos, a voluntad del operario. Sin embargo, desde febrero de 2012 la empresa eliminó esa voluntariedad y prohibió a los fijos trabajar en festivos. En este caso las reclamaciones presentadas optan por reclamar una indemnización por esos días, que se fija en unos 140 euros por cada uno de los 14 festivos anuales, que elevan esa indemnización a casi 2.000 euros.