El hombre detenido por el Seprona hace unas semanas por presuntamente poseer un arsenal con entre 200 y 300 armas, muchas de ellas de guerra y explosivos, se encuentra desde entonces en la prisión de Alhaurín de la Torre por orden del juez que le tomó declaración. Fuentes judiciales confirmaron ayer a este periódico que el magistrado, que mantiene el secreto de sumario, lo envió a la cárcel tras imputarle un presunto delito de depósito de armas.

El artículo 566 del Código Penal señala que los que fabriquen, comercialicen o establezcan depósitos de armas o municiones no autorizados pueden ser castigados de 5 a 10 años de prisión si son promotores y organizadores, o de 3 a 5 años los que hayan cooperado a su formación. Por su parte, el artículo 567 considera depósito de armas de guerra la fabricación, la comercialización o la tenencia de cualquiera de dichas armas con independencia de su modelo o clase y aun cuando se hallen en piezas desmontadas. El texto añade que el depósito de armas comprende, en su vertiente de comercialización, «tanto la adquisición como la enajenación». En el capítulo de los explosivos, el artículo 568 reza que la tenencia o el depósito de sustancias o aparatos de este tipo, su fabricación, tráfico o transporte, o suministro de cualquier forma no autorizados pueden ser castigados con la pena de prisión de cuatro a ocho años, si se trata de sus promotores y organizadores, y con la pena de 3 a 5 años para los que hayan cooperado a su formación.