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Declaración de la renta

Comienza el plazo para pedir cita previa de la renta

Los contribuyentes que cumplan los requisitos podrán pedir hora a la Agencia Tributaria para elaborar el IRPF

Este miércoles comienza el plazo de solicitud de cita previa para realizar la declaración de la renta con la ayuda de Hacienda. Este proceso, que facilita los trámites a muchos contribuyentes, finalizará el 29 de junio, un día antes de que acabe la campaña de la Renta.

Aunque desde este miércoles se pueda pedir hora y lugar para que funcionarios expertos te ayuden a confeccionar la declaración, no será hasta el próximo día 11 de mayo cuando la Agencia Tributaria empiecen a brindar esta ayuda.

La solicitud de la cita previa se puede llevar a cabo por distintas vías:

-En lasoficinas de la Agencia Tributaria y otras Administraciones.

- Por teléfono: La Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes el teléfono 901 22 33 44 para que se les día y hora en que pueden acudir a su Delegación o Administración. El teléfono está disponible de lunes a viernes en horario de 9 a 19 horas.

- En Internet: La cita previa también se puede solicitar a través de la web de la Agencia Tributaria. Para ello será necesario disponer de un DNI electrónico o bien tener el número de referencia del borrador.

La Agencia Tributaria explica los pasos a seguir en el siguiente vídeo:

La cita previa, además de servir para confeccionar la declaración de la renta a aquellos que quieran hacerla con esta asistencia presencial, los contribuyentes que quieran modificar o confirmar su borrador también podrán hacerlo a través de este servicio.

Requisitos

Sin embargo, para pedir cita previa el contribuyente debe tener en cuenta una serie de requisitos que debe cumplir:

-Que las rentas del contribuyente no superen los 65.000 euros en rendimientos de trabajo.

- Los rendimientos del capital mobiliario no deben superar los 15.000 euros

-Que no existan rendimientos de actividades económicas en estimación directa (empresariales, profesionales o en atribución)

- Que los contribuyentes no tengan más de un inmueble arrendado o más de dos transmisiones de bienes o regímenes especiales

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