Hacienda recuerda cómo evitar el conflicto más común con la Agencia Tributaria
La Agencia Tributaria quiere evitar que los contribuyentes se enfrenten a multas por incumplir sus obligaciones fiscales
LaAgencia Tributaria es el organismo que gestiona los impuestosen España: se encarga de controlar los fondos que sostienen el estado de bienestar, pero también de la recaudación que lo hace posible. Muchas personas, por desconocimiento o picaresca, se enfrenta todos los años a cuantiosas sanciones por no cumplir con sus obligaciones tributarias, y la Hacienda intenta evitarlo por todos los medios avisando a los contribuyentes de cuáles son los tropiezos más comunes.
La primera premisa que dejan clara desde el organismo es que hay que pagar impuestos por prácticamente cualquier ingreso de dinero o propiedades: cada vez que recibamos un beneficio extraordinario, ya sea por la venta de una casa o por la incorporación de una herencia, tenemos que hacérselo saber a la Agencia Tributaria y pagar los tributos que correspondan.
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El impuesto a las herencias, uno de los más conflictivos
La recepción de una herencia es una de esas situaciones que crean más confusión, ya que muchas personas no saben si aceptarla o rechazarla. La duda surge porque, al aceptar el patrimonio, el heredero recibe las propiedades y el dinero, pero también las deudas.
Por temor a encontrarse con una carga inasumible, muchas personas rechazan la herencia de primeras; pero lo más recomendable es solicitar un documento con la información del difunto para saber cuáles son los derechos y las obligaciones.
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¿Cuántos impuestos hay que pagar por aceptar la herencia?
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es el tributo que tienen que pagar las personas que reciben un patrimonio por herencia. En España, son las Comunidades Autónomas las que establecen qué tarifa se abona al recibir una herencia. Desde que el fallecimiento del familiar, el descendiente cuenta con seis meses para pagar el impuesto.
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¿Cómo rechazar una herencia?
Para aquellas personas que deciden renunciar al testamento, bien para no asumir las cargas del difunto o para evitar el pago de impuestos, el trámite es sencillo: solo hay que acudir a un notario para levantar escritura pública sobre el rechazo del patrimonio.
La notaría solicitará el certificado de defunción, el testamento del fallecido y una declaración de las personas herederas en la que se exprese su decisión "personal e independiente" de no recibir el patrimonio asignado.
Lo más importante a la hora de rechazar una herencia es contar con que, una vez rehusada, no se puede volver atrás.
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