Adiós al IVA: Hacienda da su brazo a torcer y pone fecha para revisar este impuesto
Por fin, llega a España el "régimen de franquicia" que ya está vigente en otros países
Después de cuatro años de negociaciones llegan buenas noticias para los trabajadores por cuenta propia en España: el Gobierno ha impulsado un acuerdo entre varias asociaciones de representantes de los autónomos (ATA, UPTA y UATAE), sindicatos (CCOO y UGT) y patronales (CEOE y CEPYME) con la Agencia Tributaria y la Dirección General de Tributos para ayudar a los pequeños negocios con distintas medidas, entre ellas, exhimirlos del pago del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Finalmente y según infroma el medio ABC, parece que se habría llegado a un acuerdo para liberar del pago del IVA a los pequeños autónomos mediante un plan para implementar un régimen de franquicia: una estrategia que ya siguen varios países de la Unión Europea y que busca aligerar los compromisos con Hacienda de los negocios más modestos.
El pacto al que se ha llegado entre distintas asociaciones contempla eliminar el pago del IVA a los pequeños empresarios que cumplan con estas circunstancias concretas, pero también dará acceso a distintas prestaciones a precios más asequibles para equilibrar su competitividad frente a grandes compañías.
Buenas noticias para los autónomos
Aunque todavía no existe fecha exacta para la puesta en marcha de estas medidas, se estima que se implementarán entre 2023 y 2027. El objetivo de este "régimen de franquicia de IVA" es que los pequeños trabajadores por cuenta propia puedan ofrecer sus servicios a un precio y condiciones más competitivas, para intentar equipararse a las empresas con más músculo y capacidad de negociar sus costes.
El acuerdo establecería que aquellos trabajadores por cuenta propia que facturen hasta 85.000€ (o 100.000€ si sus actividades son intracomunitarias) no tendrán que enviar la declaración anual de ventas, eximiéndoles de incluir el IVA en las facturas y reduciendo sus tareas burocráticas.
No obstante, los autónomos que cumplan estos requisitos tendán que presentar una declaración al año para justificar que tienen derecho a esta extinción. Por otra parte, también se ha puesto encima de la mesa que quienes se beneficien de esta "eliminación" del IVA no tengan derecho a deducirse gastos.
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