Esta es la forma de obtener la pensión por incapacidad permanente sin solicitarla a la Seguridad Social
Además de la solicitud del interesado, existen otras formas de iniciar la solicitud para obtener una pensión por incapacidad permanente
La pensión por incapacidad permanente es una prestación económica que "trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral", según explica la Seguridad Social en su página web.
La incapacidad permanente puede concederse en cuatrogrados: la incapacidad parcial, total, absoluta y la gran invalidez. En el caso de la incapacidad permanente parcial, la indemnización corresponde a 24 mensualidades de la base reguladora con la que se calculó la incapacidad temporal.
En el caso de la incapacidad permanente total, la pensión corresponde al 55% de la base reguladora y se incrementa un 20% a partir de los 55 años. La incapacidad permanente absoluta supone una pensión del 100% de la base reguladora; mientras que en los casos de gran invalidez se añade un complemento al cálculo anterior.
Como esquivar la solicitud de incapacidad permanente
Lo habitual suele ser rellenar la solicitud de la pensión de incapacidad permanente a través de la dirección provincial del INSS o del ISM que corresponda al domicilio donde la persona interesada se encuentra censada.
En el caso de tratarse de un inicio del trámite a petición del contribuyente, el solicitante tendrá que cumplimentar "el modelo de incapacidad permanente" además de la "documentación personal y la específica que se indica en el modelo de solicitud".
Pero también existe otra forma de obtener la incapacidad permanente en la que el trabajador no es quien presenta la solicitud: el trámite también se puede iniciar de oficio, es decir, por la propia Seguridad Social.
En este caso, la solicitud de incapacidad permanente para el contribuyente se inicia "por iniciativa de la entidad gestora cuando el trabajador proceda de incapacidad temporal y haya sido dado de alta médica por agotamiento del plazo o por encontrarse en una situación constitutiva de incapacidad permanente".
También se puede inciciar de oficio a petición de la Inspección de Trabajo o a petición del Servicio Público de Salud.
El procedimiento para obtener la incapacidad permanente
Una vez que se ha presentado la solicitud y comienza la fase de instrucción, se podrá solicitar toda la documentación que los organismos consideren necesaria. Después, "el equipo de valoración de incapacidades (EVI) formulará el dictamen-propuesta teniendo en cuenta el informe médico de síntesis elaborado por los facultativos de la dirección provincial del INSS y el informe de antecedentes profesionales".
Por último, serán los directores provinciales quienes dictarán la resolución expresa, declarando cuál es el grado de incapacidad y por consiguiente la prestación correspondiente.
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