Aviso de Hacienda: estos son los impuestos que pagan las cestas de Navidad
Si te han regalado una cesta de Navidad generosa, esta es la obligación para con la Agencia Tributaria
La Navidad ya ha entrado de lleno en nuestras vidas y, con ella, lo mejor de esta época del año: los villancicos, las luces, los dulces y los regalos. Aunque llevemos meses preparándonos, las fiestas que celebramos durante la temporada de invierno siempre suponen algún que otro gasto extra o una comilona de más.
Las cenas con amigos, con familiares o compañeros de trabajo no perdonan; y tampoco las cestas de Navidad, siempre repletas de chocolates, turrones, embutidos, quesos, vinos y otros productos que no ayudan precisamente a nuestra dieta.
Recibir una cesta de Navidad es la ilusión de muchas personas, aunque no todas las empresas tienen esta costumbre en la historia de la compañía. Pero, al igual que sucede con otras muchas cosas en la vida, hay que llevar cuidado con lo que se desea: la cesta de Navidad no solo puede suponer un aumento de las calorías, también puede suponer un gasto extra en el pago de impuestos.
Desde la cuenta de Carles Ribera en X (antiguo Twitter) se nos advierte de cuáles son las obligaciones fiscales asociadas a la cesta de Navidad. Aunque pueda parecer que este obsequio de la empresa que nos contrata no tienen ninguna implicación, sí que está sujeta como todos los productos y servicios a la tributación ante Hacienda. Tal y como explica Carles, la entrega de una cesta de Navidad puede tener varias implicaciones fiscales.
Las obligaciones fiscales de la cena de Navidad
En primer lugar, Carles apunta al impuesto de sociedades: "La empresa que regala cestas o paga cena de Navidad asume un gasto. La atención a los empleados pueden deducirse si responden a usos y costumbres. Eso sí. Qué mayores usos y costumbres hay que la cena de Navidad.
Respecto al IVA, apunta a que "hay ciertos gastos que por su naturaleza, jamás podrás deducir en el IVA. Estos son: "joyas, alimentos, bebidas y trabajo, espectáculos, atenciones a clientes, trabajadores o terceros; viajes, hostelería y restauración". De nuevo, apunta a que "las cestas y las cenas de Navidad son atenciones a empleados pero es que a su vez, están compuestas básicamente de alimentos y bebidas. Así que la empresa no puede deducirse el IVA por dos razones: ser atenciones a empleados y ser alimentos y bebidas".
¿El trabajador debe declarar la cesta en el IRPF?
Cuando se entrega una cesta a los trabajadores, estos se preguntan si tendrán que tributar su valor por el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas. Según explica Carlos, "los trabajadores tenemos que pagar IRPF por todas las retribuciones percibidas de la empresa. Ya sean dinerarias, o en especie. Y quizás te sorprenda, pero los obsequios de Navidad no son una excepción. Hay una pregunta muy útil para entender que estamos ante una retribución. En igualdad de condiciones, prefiero recibir una cesta y una cena de Navidad o ¿prefiero no hacerlo? Creo que la respuesta está clara".
Pero, a pesar de esa premisa, no significa que el empleado tenga que declarar la cesta o la cena en el IRPF ya que "el encargado de practicar ingreso a cuenta es nuestra empresa. Que puede decidir si repercute el ingreso a cuenta o no".
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