Un cambio de criterio en el recuento, respecto al aplicado en elecciones sindicales anteriores, ha privado al Sindicato Andaluz de Bomberos (SAB) de contar con un cuarto delegado (le han asignado tres) en las recientes elecciones sindicales a la junta de personal del Ayuntamiento de Málaga, celebradas el pasado 19 de diciembre.

El SAB, que junto al resto de la plantilla de bomberos, mantiene desde hace dos años un duro conflicto laboral con el Ayuntamiento, ha impugnado el resultado, alegando en contra de la fórmula empleada para la atribución de los resultados. Sin embargo la mesa electoral, tras recabar el asesoramiento del servicio jurídico municipal, ha acordado por mayoría desestimar la impugnación presentada por el SAB y "ratificar los resultados" obtenidos y "mantener el número de delegados". atribuidos a cada organización sindical. El SAB reclamaba tener derecho a un cuarto delegado, en detrimento del Sindicato Independiente de Policía de Andalucía (SIP-AM) que pasaría de siete a seis. Un portavoz del sindicato de bomberos ha anunciado que volverán a recurrir ante la Junta de Andalucía y por vía judicial.

El cambio de criterio para el recuento existe. En las elecciones sindicales de 2015 y en otras anteriores el Ayuntamiento de Málaga había aplicado el sistema de cálculo que se establece el reglamento de elecciones a órganos de representación de personal al servicio de la Administración. Pública. Si en las elecciones de diciembre se hubiese vuelto a aplicar el SAB hubiese obtenido los cuatro delegados que reclama.

Sin embargo en esta ocasión la mesa electoral central decidió aplicar la Ley D'Hont, que tiene un sistema de cálculo distinto. El SAB se queja, no sólo de este cambio de criterio, sino que además la mesa electoral tomó la decisión el mismo día de las votaciones, sin que hubiese posibilidad de recurrirlo.

La decisión de la mesa electoral de desestimar la impugnación del SAB se basa en el informe emitido por la asesoría jurídica que señala que la Ley D`Hont "se adecua a los criterios para el procedimiento electoral de la junta de personal", por lo que "la asignación realizada por la mesa electoral se ajusta a derecho".