Cultura

Estas son las ubicaciones donde podrán actuar los músicos callejeros en Málaga

El Ayuntamiento ha autorizado 147 puntos en los distritos Centro, Este, Bailén-Miraflores, Cruz de Humilladero, Carretera de Cádiz y Puerto de la Torre, en los que se establece un horario determinado y un número máximo de artistas componentes

Músicos callejeros del centro de Málaga

Músicos callejeros del centro de Málaga / L.O.

Ana I. Montañez

Ana I. Montañez

El Ayuntamiento de Málaga ha autorizado hoy oficialmente la delimitación de 147 ubicaciones en seis distritos de la capital para que los músicos callejeros y artistas urbanos puedan desarrollar su actividad, sujetos a un horario determinado y a un número máximo de componentes.

La Junta de Gobierno Local ha aprobado los puntos y las condiciones de estas zonas de actividad músical, incorporando las modificaciones del año 2018, según ha explicado el Ayuntamiento de Málaga en un comunicado, "para dar respuesta a los vecinos y solventar las incidencias detectadas hasta la fecha", y regulando los períodos de mayor afluencia de visitantes por la celebración de eventos culturales, festivos o religiosos.

El acuerdo afecta a las actuaciones de grupos musicales, vocalistas o instrumentalistas que utilizan equipos de reproducción, amplificación sonora o elementos de percusión. A este respecto, corresponde a la Junta de Gobierno Local delimitar las actividades programadas en la vía pública al amparo de lo establecido en el art. 48.3 de la Ordenanza para la Prevención y Control de Ruidos y Vibraciones.

Los puntos autorizados son:

  • Distrito Centro: Plaza Lex Flavia Malacitana; Jardín de los monos; calle Esperanza; entrada del Castillo de Gibralfaro; mirador de Gibralfaro; calle Cervantes, 2; Plaza de Toros (calle Maestranza9; ascensor de la Alcazaba; mirador de la Alcazaba; Don Juan Temboury con Coracha; Jardines de Puerta Oscura; calle Mundo Nuevo; plaza Jesús El Rico; travesía Pintor Nogales; entrada Museo Aduana I; calle Cañón/Postigo de los Abades; plaza de La Marina; plaza de La Malagueta; Merendero Antonio Martín; Malahambre; Pintor Guerrero del Castillo; Paseo de Levante (La Farola); Paseo Matías Prats 1 (Muelle Uno) y 2; Pasillo de Santo Domingo; Tomás Heredia; Alameda Principal, 42; puerta de El Corte Inglés (Armengual de la Mota) y puerta de El Corte Inglés (avenida Andalucía); calle Alemania; Puente de la Esperanza; antiguo Correos (avenida Andalucía); plaza Enrique Navarro; plaza de la Libertad; plaza de la Misericordia; parque de San Miguel (calle Albéniz, 35); Alameda Principal, 2 y puente de El Perchel.
  • Distrito Este: calle Banda de Mar; avenida Salvador Allende; parque El Morlaco; OMAU (camino de la Desviación, 18) y Mirador del Morlaco.
  • Bailén Miraflores: Parque del Norte 1, 2 (camino Castillejos, 11), 3 (camino Cuarto, 1), 4 y 5 (calle Encarnación Fontiveros, 4).
  • Cruz del Humilladero: calle Huéscar; pasaje Compositor Lehmberg Ruiz; hotel Tryp Alameda; Centro Comercial Larios (plaza de la Solidaridad); Estación de Autobuses de Málaga (plaza de la Solidaridad-esquina paseo Los Tilos); Estación María Zambrano (explanada de La Estación); plaza Cruz de Humilladero; plaza Enrique Herrera Moll y paseo de los Tilos.
  • Carretera de Cádiz: Royal Roulette (plaza de Moreno Villa); Parque Huelin 1 y 2; Museo Tabacalera (plaza Tabacalera); Paseo Marítimo Antonio Banderas 1 y 2; Paseo Marítimo Antonio Banderas- Reloj de Sol; Paseo Marítimo Antonio Banderas- puesto SOS; Parque Chiquito de la Calzada Norte; Parque Chiquito de la Calzada Sur; Parque del Oeste 1,2,3, 4 (estanque Martín Pescador) y 5; Parque María Luisa y Parque del Agua.
  • Puerto de la Torre: calle Lope de Rueda, 110.

Condiciones

En los puntos autorizados se establece un horario de verano (por la mañana de 10:00 a 15:00 horas y por la tarde de 18:00 a 22:00 horas) y uno de invierno (en horario matinal de 10:00 a 15:00 horas y por la tarde de 17:00 a 21:00 horas), con una mención especial a las épocas la Navidad (desde el alumbrado hasta el Día de Reyes), Carnaval, Semana Santa y Feria. El tiempo máximo de uso es de hora y media y, en caso de que coincida con alguna actividad organiza por el Ayuntamiento de similares características, no podrán usar este emplazamiento.

En cuanto al número máximo de componentes en un punto autorizado, debe ser de 4 personas y de hasta 10 personas en caso de los grupos de baile.

Quedan fuera de esta autorización los días festivos, los días de Carnaval y los de Semana Santa. Por último, y si existe incumplimiento de algunos de estos puntos, el acuerdo también contempla que la Policía Local proceda según corresponda.

Ordenanza para la Prevención y Control de Ruido y Vibraciones

  1. No se permitirán en el ambiente exterior actuaciones de grupos musicales, vocalistas o instrumentistas que utilicen equipos de reproducción, amplificación sonora o elementos de percusión, pudiendo ser intervenidos dichos elementos por los Agentes de la Autoridad para su depósito en dependencias municipales. Se exceptúan aquellas que tengan lugar en zonas especiales delimitadas así como las expresamente autorizadas por el Ayuntamiento de Málaga, que podrá imponer condiciones en atención a la posible incidencia por ruidos, con independencia de las cuestiones de orden público.
  2. Las solicitudes, que deberán especificar horario, duración, periodo de actuación y equipos utilizados, deberán formularse con una antelación mínima de 5 días hábiles anteriores a la celebración del evento.
  3. Las autorizaciones a que se hace referencia en el presente artículo se obtendrán a través de resolución de la Junta de Gobierno Local.