Iberia tendrá que abonar una multa de 25.000 euros por exigir a las mujeres que se hagan un test de embarazo antes de entrar en su plantilla, una práctica detectada en Baleares y que ha supuesto una sanción de la Inspección de Trabajo por cometer una infracción muy grave por discriminación por motivos de sexo, según el acta elaborada por la Inspección. Ahora la aerolínea tiene entre sus opciones el afrontar el pago de sanción o recurrirla ante los tribunales.

Este caso fue detectado en las Islas Baleares hace aproximadamente un año, durante las campañas de vigilancia realizadas por la Inspección laboral. Se descubrió que, entre las pruebas encargadas por Iberia a una empresa de trabajo temporal para la selección de personal, se exigía a las candidatas para entrar en la bolsa de personal que superaran pruebas médicas para determinar si estaban embarazadas.

Esta exigencia se completaba con otras, como pruebas de esfuerzo o analíticas para descartar el consumo de drogas de los aspirantes, al margen de su género.

Requerida por Trabajo, la compañía alegó que este test de embarazo se exigía a todas las mujeres aspirantes a entrar en la empresa y en toda España. La justificación esgrimida es que en el caso de confirmarse el embarazo, a estas candidatas se les aplicaría al incorporarse un protocolo de salud laboral fijado para estos casos y destinado a evitar labores que puedan conllevar un riesgo, como es el que una auxiliar de vuelo deje de prestar servicio en aviones durante ese periodo, por citar un ejemplo.

No es aceptable

Esta justificación no es aceptada por la autoridad laboral. Porque, según se esgrime desde la Inspección, existe un requisito establecido por el que las trabajadoras deben de comunicar su embarazo cuando ya están contratadas, para así aplicar el citado protocolo, con la diferencia de que a partir de ese momento disponen de una protección especial. En concreto, una empresa no puede suspender su relación laboral con una mujer una vez que ésta ha informado de que espera un hijo, dado que ese despido sería declarado nulo.

El hecho de que la prueba de embarazo se exija por Iberia dentro del proceso de selección de personal es considerado por la Inspección como una patente discriminación por motivos de sexo y una vulneración del derecho a la igualdad, al interpretar que la intención no es otra que la de limitar el acceso a las embarazadas.

Hay que tener en cuenta que estas trabajadoras van a entrar en un plazo de baja por maternidad y van a tener derecho luego a una reducción de jornada para el cuidado de los hijos, lo que supone mayores costes para la empresa.

Además, se apunta que Iberia está reclamando datos de carácter estrictamente personal que no están relacionados con el trabajo que se va a desarrollar posteriormente y que no son necesarios en esa fase de la relación entre la empresa y el empleado.

Se estima que lo que hace la aerolínea es fijar un requisito solo para mujeres que obstaculiza su contratación y que la impide en el caso de las que se nieguen a pasar por él, una situación por la que no pasan los varones.

La cuantía de la multa

Las sanciones por una infracción laboral muy grave van desde algo más de 6.000 euros hasta los 180.000 cuando existen agravantes como la reincidencia.

En este caso, la multa reclamada es de 25.000 euros, y a la hora de fijarla se ha tenido en cuenta, como circunstancia agravante, la elevada cifra de negocio de la aerolínea, es decir, que la presunta vulneración de la normativa está siendo protagonizada por una gran empresa.

Este expediente sancionador se produce en un momento en el que la vigilancia sobre la discriminación de mujeres en su contratación está siendo especialmente intensa.