La Consejería de Medio Ambiente de la Junta ha señalado que la ordenanza de playas que en Benalmádena (Málaga) ya se ha aprobado de manera inicial y que prohibiría, entre otros aspectos, poner sombrillas entre las hamacas y la orilla de la playa, infringe el ordenamiento jurídico y ha pedido su anulación.

Así lo manifiesta la Consejería a través de un escrito remitido al consistorio el pasado 28 de marzo y al que Efe ha tenido acceso, en el que se indica que la citada ordenanza es además "contraria al interés general al infringir la Ley de Costas" y puede ser impugnada "directamente por la Administración del Estado, autonómica o local".

Fuentes municipales explicaron a Efe en su día que esta normativa recogía además que el horario de baño en temporada alta sería a partir de las 11:00 horas por cuestiones de seguridad y limpieza, aunque sufriría algunos cambios para su aprobación final y tras el período de alegaciones.

La primera modificación sería la eliminación de un aval de cincuenta euros propuesto en un principio para poder hacer una barbacoa o moraga, así como el artículo que establecía que los hamaqueros serían los responsables de controlar la venta ambulante en sus zonas de actividad.

Tras las críticas recibidas por el PP, en la oposición, a la medida propuesta por el alcalde socialista del municipio, Javier Carnero, el consistorio alegó que "el horario de baño se había malinterpretado" y que sí podrían ponerse toallas entre hamacas y orilla, aunque habría una zona específica para las sombrillas.

El escrito de la Consejería responde a la petición de un residente del municipio, Mario Blázquez Velasco, propietario de un inmueble en una de las playas, que ha indicado a Efe que pidió que Medio Ambiente le informara de la legalidad de esta ordenanza a la que él mismo ha hecho múltiples alegaciones.

Blázquez, en la carta dirigida a la delegación provincial de Medio Ambiente, critica que como ciudadano "no pueda poner su toalla delante de la zona de hamacas" y que el ayuntamiento pretenda prohibir "todo aquello que no sean solo sombrillas o parasoles diáfanos sin laterales".

Ha lamentado que si se aprueba esta ordenanza los usuarios "no podrán usar las playas en las horas que quieran" así como tampoco "dar paseos por la mañana temprano por la orilla porque estarán, se supone, los servicios de limpieza en cada una de las 22 playas que componen el litoral" del municipio.

En este sentido, la Junta entiende "vulnerados" los artículos 31 y 33 de la Ley de Costas, así como los artículos 59 y 64 de su Reglamento", ya que la "utilización del dominio público marítimo-terrestre y, en todo caso, el mar y su ribera será libre, pública y gratuita" para usos comunes como pasear, estar o bañarse.

La Consejería señala que los artículos 19 y 31 de la ordenanza, que limitan el uso de las zonas libres entre parcelas autorizadas y la orilla y no permite el uso de la arena para facilitar la limpieza de las playas, respectivamente, "vulneran los preceptos anteriores".

Por todo ello la Junta ha pedido al ayuntamiento de la localidad que anule la ordenanza "en el plazo máximo de un mes" y "sin perjuicio de que la Administración de la Comunidad Autónoma pueda impugnar el acto o acuerdo ante la jurisdicción contencioso-administrativa dentro del plazo señalado".