Tres gastos que te puedes 'quitar' en la declaración de la Renta y muy pocos conocen

La campaña para presentar la declaración de la Renta permanecerá abierta hasta el 30 de junio de 2023

Hacienda avisa los tres gastos que puedes deducir en la declaración de la Renta y que muy pocos conocen

Hacienda avisa los tres gastos que puedes deducir en la declaración de la Renta y que muy pocos conocen

El pasado 11 de abril de 2023 comenzó la campaña para presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2022 vía telemática. Hasta el próximo 30 de junio, los contribuyentes podrán enviarla de forma online, telefónica o presencial.

La forma más sencilla de presentar la declaración de la Renta es a través del borrador: con esta opción, los ciudadanos acceden a su modelo de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a partir de la página web oficial de la Administración, a la que se puede acceder mediante la identificación del DNI electrónico o el Certificado Digital.

Una vez dentro del borrador, cada persona puede modificar cada uno de los parámetros para dejar constancia tanto de sus ingresos como los gastos, las retenciones y deducciones a las que considera que tiene derecho. Las deducciones son las reducciones a las que tiene derecho el contribuyente.

Tres deducciones que puedes hacer en la declaración de la Renta

Tener presente cuáles son los escenarios en los que tenemos derecho a una deducción en la declaración de la Renta es fundamental para que, llegada la hora de la verdad, los contribuyentes puedan rebajar la cantidad que deben a Hacienda en caso de que el cómputo les salga a pagar.

Una de las hipótesis más desconocidas es en las donaciones a ONGs, organizaciones de Cooperación Internacional para el Desarrollo, de investigación, federaciones deportivas o universidades públicas.

También es posible deducir de la declaración de la Renta las inversiones para la creación de nuevas empresas: en este caso, se puede llegar a deducir hasta un 30% del capital que se pone para participar en una compañía emergente hasta un máximo de 60.000€.

Además, las mujeres pueden acceder a una deducción por maternidad de hasta 1.200€ anuales por cada hijo menor de 3 años nacido o adoptado en territorio nacional. De la misma forma, las personas que tengan personas a su cargo (ya sean descendientes, ascendentes o cónyuges) podrán obtener una deducción.