Buenas noticias para los jubilados: Hacienda obligada a devolver miles de euros
Una sentencia del Supremo reconoce que los afiliados a antiguas mutuas laborales de determinados sectores pagaron más impuestos de los que les correspondía durante más de una década
EL PERIÓDICO
Aquellos trabajadores de sectores como el comercio, la construcción y la metalurgia que cotizaron a la Seguridad Social entre 1967 y 1978 podrían beneficiarse de una reciente sentencia del Tribunal Supremo que reconoce que la Agencia Tributaria les realizó cobros indebidos durante el citado periodo.
De este modo, podrán descontarse en el IRPF el 25% de las aportaciones realizadas entonces a las antiguas mutualidades laborales de su respectivo sector. La Justicia estima que pagaron impuestos más altos de lo que les correspondía.
Los afectados, jubilados en la actualidad, podrán reclamar le dinero que pagaron indebidamente ante la Agencia Tributaria. Además, en el caso de que alguno hubiera fallecido sus descendientes heredan el derecho a hacerlo siempre que no hayan pasado más de cuatro años de su muerte.
El Supremo avaló este derecho el pasado marzo para los trabajadores de la banca que cotizaron a su mutualidad, pero la lógica indica que todos los que cotizaron a las mutualidades existentes en aquellos años podría hacerlo.
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