Alegría entre los hipotecados: esta ley devuelve miles de euros si cumplen este requisito
Las personas que cumplan estas condiciones están a tiempo de reclamar
En un giro inesperado para muchos propietarios, la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, ofrece a los hipotecados la posibilidad de obtener una devolución significativa de miles de euros. Este cambio en la legislación, combinado con una ventana de reclamación que está a punto de cerrarse, ha creado una oportunidad única para aquellos que adquirieron sus viviendas antes de 2019.
En septiembre de 2023, el Banco Central Europeo tomó la decisión de aumentar los tipos de interés al 4,5%, marcando la cifra más alta desde 2001. Sin embargo, en medio de estas noticias aparentemente desfavorables, surge una luz de esperanza para los propietarios con hipotecas anteriores a 2019.
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La Ley 5/2019 establece claramente quién debe asumir los costos asociados con la inscripción y registro de hipotecas. En resumen, la normativa indica que los bancos deberían reembolsar a los clientes los gastos de notaría, registro de la propiedad, tasación y servicios de gestoría. Esta disposición es especialmente relevante para aquellos que contrajeron sus préstamos antes de la entrada en vigor de la ley.
El plazo para reclamar estos gastos hipotecarios está a punto de cerrarse, con una fecha límite establecida para el 23 de enero de 2024, según la sentencia del Tribunal Supremo. Sin embargo, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha puntualizado que la reclamación judicial puede extenderse hasta el 14 de abril de 2024.
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Cómo obtener la devolución de miles de euros si tienes una hipoteca
El primer paso para conseguir esta devolución es reunir la documentación: la escritura del préstamo hipotecario, la factura del notario, la factura del registro de la propiedad, la factura de la gestoría y de la tasación de la vivienda, así como el DNI.
Después, para iniciar el proceso de reclamación, la vía recomendada es comenzar presentando una queja al servicio de reclamaciones de la entidad bancaria. En caso de una respuesta negativa, se puede recurrir al servicio de reclamaciones del Banco de España.
Por último, si las vías extrajudiciales no son satisfactorias, se puede acudir a la vía judicial. Aunque esto puede tener costos, muchos consumidores optan por despachos de abogados especializados para acelerar el proceso.
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