Como cada año cuando se acerca el verano, una vieja controversia entre la Junta y el Ayuntamiento, una más, vuelve a copar los titulares de prensa: la de quién tiene que limpiar los cauces de ríos que transcurren por las diferentes ciudades andaluzas. Málaga mantiene que ello debe hacerlo la Junta y la Junta dice que no, que el Supremo le ha dado la razón y que se trata de una atribución exclusiva de las administraciones locales, no sólo de la malagueña, sino de todas.

Así, el consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, José Fiscal, habló ayer en el Parlamento andaluz de esta vieja polémica y lo hizo en plural, es decir, refiriéndose a los ayuntamientos, aunque al final conjugó el singular, pues es Málaga la que llevó al Gobierno andaluz a los tribunales. El consejero se refirió así a que la sentencia del Tribunal Supremo del 13 de diciembre de 2017 deja claro que la competencia de la limpieza de los cauces de ríos y arroyos que discurren por las zonas urbanas corresponde a los ayuntamientos y que en ningún caso se puede hablar de «inactividad administrativa» por parte de la Junta.

En este sentido, Fiscal aclaró que la Administración autonómica ni ha hecho dejación de sus funciones ni ha ignorado las reclamaciones que debiera atender, sino que sencillamente ha entendido en todo momento que «la competencia en cuanto a las labores de limpieza y adecuación de cauces en tramos urbanos correspondía a los ayuntamientos».

Para el consejero, el fallo del TS aclara que la administración competente es la municipal, de acuerdo con los principios del «régimen local en nuestro sistema y, especialmente de la doctrina del Constitucional sobre la autonomía local». Todo ello de acuerdo con el Estatuto de Autonomía de Andalucía, que atribuye las competencias de planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística a los municipios.

En opinión del titular del Medio Ambiente, esta sentencia se pronuncia sobre los dos pilares en los que se sostiene el recurso contencioso-administrativo formulado por el Ayuntamiento sobre la supuesta inactividad de la Junta. El primero, hace referencia sobre a quién corresponde la competencia para la conservación y adecuación de los arroyos en la capital; mientras que el segundo especifica si las normas que deciden esta competencia son de carácter autonómico o dependen del Derecho estatal.

En este sentido, el consejero lamentó que el Ayuntamiento malagueño haya atentado atribuir la competencia sobre la limpieza y adecuación de cauces urbanos a la Junta sin tener en cuenta la normativa vigente, en concreto la Ley que aprueba el Plan Hidrológico Nacional. Una norma estatal en la que se especifica que las «actuaciones en cauces públicos situados en zonas urbanas corresponderán a las administraciones competentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo, sin perjuicio de las competencias de la Administración hidráulica sobre el dominio público hidráulico». La Junta se ofrece a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir para aclarar la sentencia.