La controvertida decisión del Pleno de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de que sean los clientes quienes asuman el pago del impuesto sobre actos jurídicos documentados en las hipotecas (revocando así la nueva doctrina que los magistrados habían establecido el pasado día 18 de octubre) ha desactivado la posibilidad de una devolución de estos importes con carácter retroactivo. A pesar de que el Gobierno anunciara ayer mismo la aprobación inmediata de un decreto ley en el Consejo de Ministros de hoy con el que modificará la norma que regula este impuesto para que a partir de ahora sea la banca quien lo asuma en la firma de nuevas hipotecas, la postura del Supremo (muy ajustada en su votación, 15 votos de jueces contra 13) frustra las expectactivas alimentadas estas últimas semanas por todos los hipotecados que esperaban que el Alto Tribunal mantuviera su postura sobre la nueva jurisprudencia y estableciera también una retroactividad que les permitiera reintegrarse el impuesto que pagaron en su día.

Uno de los escenarios que se manejaban como factibles era que el Supremo resolviera la devolución del importe correspondiente a las hipotecas constituidas en los últimos cuatro años, al no haber prescrito los ejercicios en el terreno impositivo (el desembolso lo hubieran tenido que realizar las comunidades autónomas, que son las que cobraron el impuesto). De hecho, el Gobierno ya calculaba para ese supuesto un impacto de 5.000 millones de euros en el conjunto de las autonomías mientras que el colectivo de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) cifraba la posible devolución en 3.600 millones más los preceptivos intereses de demora.

A nivel provincial no hay cálculos establecidos respecto a lo que hubiera supuesto ese reintegro, pero un análisis de los datos de firma de hipotecas durante el periodo citado permite hacer, cuando menos, una aproximación. Así, desde octubre de 2014 hasta ahora se han firmado en la provincia casi 79.500 préstamos hipotecarios por un valor conjunto de alrededor de 10.500 millones de euros (casi tres cuartas partes de estas cifras corresponden a hipotecas sobre viviendas y el resto a otro tipo de fincas urbanas y rústicas). Dato que el tipo impositivo del AJD que se aplica en Andalucía es del 1,5%, la cifra resultante sería de unos 157 millones (sin incluir conceptos como intereses de demora), con una media de casi 2.000 euros por hipoteca.

A la espera del texto

El responsable del área bancaria de Martínez-Echeverría Abogados, Alberto Mora, afirmó ayer que la decisión del Supremo ha estado muy condicionada por la coyuntura política y las consecuencias económicas que generaba la nueva doctrina y, en este sentido, afirmó que «es un día triste para la Democracia y la separación de poderes».

A nivel jurídico, Mora explicó a este periódico que habrá que esperar a leer el texto de la sentencia en la que el Supremo argumentará su decisión (se publicará en unos días) para saber si la vía de la reclamación ha quedado definitivamente zanjada para los hipotecados.

«Es muy pronto aún para pronunciarse. Hay que ser prudentes y tendremos que leer ante ese texto, pero podría darse el caso de que se abriera la vía de poder reclamar al menos una parte del mismo en el caso de los hipotecados que sean personas físicas, en aras de lo que el tribunal dijo en su día acerca de un reparto equitativo del impuesto. Pero esto es una opinión, hay que esperar», apuntó. Desde algunas instancias y asociaciones se apunta la posibilidad de que se pueda acudir al Tribunal Constitucional o a los tribunales de la UE.

Expectativas frustradas

Por su parte, Gestha lamentó también que el Supremo «haya frustrado las expectativas de 1,5 millones de contribuyentes», después de que el Pleno del Alto Tribunal decidiera en la tarde del pasado martes revocar la nueva doctrina que los magistrados habían establecido el pasado día 18 de octubre. «Así, tras el pronunciamiento del Pleno del Supremo, las comunidades autónomas no podrán atender las solicitudes de rectificación de la autoliquidación del AJD y devolución del ingreso indebido», explicó este colectivo.

Gestha estima además que, a su juicio, el Supremo ha salvado a la banca del pago del impuesto en los últimos cuatro años «porque cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resuelva dentro de unos años habrá prescrito la posibilidad de obtener la devolución, salvo para las personas que hayan recurrido».

En este sentido, este colectivo consideró que desde el punto de vista técnico-tributario las sentencias del Supremo «estaban muy fundamentadas cuando señalaban a las entidades financieras como obligadas al pago de este tributo», por lo que resaltaron «lo inédito que resulta una jurisprudencia que ha durado poco más de dos semanas, generando una crisis de credibilidad en la Justicia española sin precedentes».

Los técnicos opinaron que el fallo, tras el cambio de criterio y la división de opiniones de los magistrados, «genera inseguridad jurídica y agrava el descrédito de algunas instituciones públicas, lo que en última instancia podría traducirse en una desconfianza de los ciudadanos en torno a la independencia del poder judicial».