Sequía

La Junta mantendrá las restricciones tras las Semana Santa si sigue sin llover en abundancia

La nueva orden sobre la sequía limita el consumo de agua a 160 litros por habitante y día y ajusta los caudales de manera más específica a lo largo y ancho de toda la Costa del Sol

Las lluvias han suspendido procesiones pero no han sido tan copiosas como se esperaban.

Las lluvias han suspendido procesiones pero no han sido tan copiosas como se esperaban. / JULIÁN NIETO

Fran Extremera

Fran Extremera

La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural ha dictado una nueva orden relativa a la sequía en las Cuencas Mediterráneas Andaluzas donde se limita el consumo de agua a 160 litros por habitante y día y se ajustan todos los caudales de manera específica a lo ancho de toda la Costa del Sol, en los sistemas occidental, Guadalhorce y Málaga capital y en el de la comarca de la Axarquía-Viñuela. Además, la propia Junta ha confirmado que si las lluvias no son mucho más abundantes durante lo que resta de Semana Santa mandrendrá las restricciones pese a que los embalses malagueños hayan recuperado este mes unos 15 hectómetros.

Las lluvias por ahora han sido demasiado moderadas. Las fuertes rachas de viento y las características de los frentes no han generado precipitaciones de más de 100 litros por metro cuadrado como apuntaban los modelos meteorológicos hace ahora siete días. Con esta situación, la sequía no ha cambiado significativamente de escenario. El delegado territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, Fernando Fernández Tapia-Ruano, recuerda que hace justo un año los siete pantanos malagueños sumaban justo el doble de cuadal que en este momento, cuando las reservas no pasan de los 114 hectómetros cúbicos. 

La Viñuela sigue con apenas al 10% de su capacidad de almacenamiento y La Concepción, por ejemplo, se encuentra a un tercio de su aforo. Con esta coyuntura de sequía extrema y situación grave en las costas andaluzas que son bañadas por el Mediterráneo, en el BOJA de este Miércoles Santo figuran de manera detallada las restricciones que se van a aplicar desde este momento en el caso de cada uno de los sistemas afectados por la nueva orden, que como es preceptivo firma la propia consejera Carmen Crespo. Todos los sistemas reseñados a continuación se encuentran en "estado de excepcional sequía con escasez grave".

Costa del Sol Occidental

• En el uso urbano, además de las medidas vigentes del artículo 5.2.b) del Decreto 178/2021, y al amparo de lo recogido en el artículo 5.1.a) de dicho decreto, los volúmenes suministrados en depósitos de cabecera municipal o toma de red colectiva, no podrán superar la dotación de 160 litros por habitante y día considerando el total de recursos, respetándose así lo recogido en el artículo 5.3.c) del Decreto 178/2021, en cuanto a la dotación destinada a uso doméstico definida en los vigentes planes hidrológicos para el conjunto del Sistema de Explotación y las medidas del PES de la Demarcación Hidrográfica. La población para realizar el cálculo del volumen máximo será la correspondiente a la del INE2023 de forma que para los meses de febrero a mayo se tendrá en cuenta la población residente y para el periodo junio-septiembre la suma de la residente y la estacional. El volumen mensual resultante de la aplicación de lo anterior será controlado por la Administración Autonómica, adoptando las medidas de limitación en origen de caudal que sean necesarias en caso de superación. Queda abierta la posibilidad de considerar otros valores poblacionales si así se demuestra y es admitido por la Administración.  

• De acuerdo con el PES, se maximizará el uso de los recursos subterráneos del Sistema de Explotación (pozos de Guadalmansa y Fuengirola) así como los recursos no convencionales procedentes de la desalación (IDAM de Marbella),para el abastecimiento urbano. 

• Como quiera que debe garantizarse a 30 de septiembre de 2024 un volumen de embalse aproximado de 5 hm3 como reserva para los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2024, desde la Presa de la Concepción se aportarán a los recursos 00299205 

generales del sistema los volúmenes mensuales siguientes: Febrero 2024: 1,000 hm3; Marzo 2024: 1,100 hm3; Abril 2024: 1,100 hm3; Mayo 2024: 1,100 hm3; Junio 2024: 1,400 hm3; Julio 2024: 1,800 hm3; Agosto 2024: 1,800 hm3; y Septiembre 2024: 1,400 hm3.

Guadalhorce-Limonero

• En el uso urbano, además de las medidas vigentes del artículo 5.2.b) del Decreto 178/2021, y al amparo de lo recogido en el artículo 5.1.a) de dicho decreto, los volúmenes suministrados en depósitos de cabecera municipal o toma de red colectiva, no podrán superar la dotación de 160 litros por habitante y día considerando el total de recursos, respetándose así lo recogido en el artículo 5.3.c) del Decreto 178/2021, en cuanto a la dotación destinada a uso doméstico definida en los vigentes planes hidrológicos para el conjunto del Sistema de Explotación y las medidas del PES de la Demarcación Hidrográfica. La población para realizar el cálculo del volumen máximo será la correspondiente a la del INE2023 de forma que para los meses de febrero a mayo se tendrá en cuenta la población residente y para el periodo junio-septiembre la suma de la residente y la estacional. El volumen mensual resultante de la aplicación de lo anterior será controlado por la Administración Autonómica, adoptando las medidas de limitación en origen de caudal que sean necesarias en caso de superación. Queda abierta la posibilidad de considerar otros valores poblacionales si así se demuestra y es admitido por la Administración.  

• En el uso agrario, se establece en la actual situación de escasez grave la limitación de los riegos con un máximo del 25% de la demanda media, siempre que se garantice el abastecimiento urbano. De acuerdo con la situación actual, el volumen de riego para el año hidrológico queda reducido a un máximo de 5 hm³ que sólo se aplicarán a partir del mes de junio en función de la evolución de la situación hidrológica y previa aprobación de la Comisión para la Gestión de la Sequía. Por otro lado, la limitación de los volúmenes suministrados para riego agrícola de hasta el 75% afectará igualmente a los recursos superficiales y a los procedentes de aguas subterráneas. 

• De acuerdo con el PES, se maximizará el uso de los recursos subterráneos del Sistema de Explotación (Aljaima-Fahala así como pozos del Bajo Guadalhorce) y fluyentes (Aljaima Superficial) para el abastecimiento urbano.

Viñuela-Axarquía

• En el uso urbano, además de las medidas vigentes del artículo 5.2.b) del Decreto 178/2021, y al amparo de lo recogido en el artículo 5.1.a) de dicho decreto, los volúmenes suministrados en depósitos de cabecera municipal o toma de red colectiva, no podrán superar la dotación de 160 litros por habitante y día considerando el total de recursos, respetándose así lo recogido en el artículo 5.3.c) del Decreto 178/2021, en cuanto a la dotación destinada a uso doméstico definida en los vigentes planes hidrológicos para el conjunto del Sistema de Explotación y las medidas del PES de la Demarcación Hidrográfica. La población para realizar el cálculo del volumen máximo será la correspondiente a la del INE2023 con afectación del coeficiente de mayoración del volumen de agua para no residentes establecido por el Plan Hidrológico 2022-2027 de la Demarcación Hidrográfica. Queda abierta la posibilidad de considerar otros valores 00299205 

poblacionales si así se demuestra y es admitido por la Administración. 

• De acuerdo con el PES, se maximizará el uso de los recursos subterráneos del Sistema de Explotación para el abastecimiento urbano, manteniendo así la transferencia de Málaga y el empleo de los pozos del Chíllar (Nerja).

• De acuerdo con la evolución hidrológica, tal y como se acordó en la anterior sesión de la Comisión de Sequía, se modifican los caudales totales de abastecimiento para consumo, considerando en conjunto todas las fuentes, quedando 400 l/s en el periodo febrero-mayo, y de 450 l/s en el periodo junio- septiembre, procediendo hasta unos 285 l/s del Sistema Guadalhorce, al menos 80-90 l/s de los recursos subterráneos del río Chillar (Nerja) y al menos 50 l/s del embalse de La Viñuela. 

• En el uso agrario, se mantiene la suspensión del uso de aguas reguladas procedentes del Sistema Viñuela-Axarquía.