La reforma de la Ley de Seguridad Vial se aplica desde hoy, excepto el carné por puntos, que deberá esperar. Se endurecen las sanciones y todo para reducir la cifra de muertos y heridos.

Los conductores que a partir de hoy no se pongan el cinturón de seguridad o el casco y aquellos que hablen por el teléfono móvil durante la conducción serán multados con hasta 300 euros. Lo que entra hoy en vigor es la modificación de la calificación de una serie de infracciones y sus sanciones. Además, en el plazo máximo de un año se prevé la implantación del carné por puntos.

En este sentido, se distingue entre infracciones leves (hasta 90 euros), graves (91 a 300 euros) y muy graves (301 a 600 euros, pudiendo alcanzar en algunos casos los 1.500 euros ).

Entre las conductas que se consideran ya como graves están las referidas a limitaciones de velocidad, conducir de forma negligente, con un vehículo que no ha pasado la ITV, parar y estacionar en lugares peligrosos y arrojar a la vía objetos que pudieran provocar incendios. Además, también se cataloga como grave circular con alumbrado defectuoso o producir deslumbramiento, no respetar las señales de los agentes que regulan el tráfico, un semáforo en rojo o una señal de `stop´, no utilizar dispositivos de retención infantil y conducir usando auriculares o dispositivos de telefonía móvil.

Asimismo, se endurecen los periodos de suspensión temporal de los permisos de conducir, estableciéndose un periodo mínimo de un mes, y la responsabilidad de terceros en las infracciones de tráfico. Igualmente, se fija un plazo para pagar una multa con reducción del 30% en 30 días desde la notificación, cuando antes expiraba una vez dictada la resolución del expediente sancionador.

Sanciones muy graves. Entre los incumplimientos muy graves figuran la conducción de vehículos con tasas de alcohol que superan las permitidas o bajo influencia de estupefacientes, incumplir con la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia y demás sustancias prohibidas, sobrepasar en más de un 50% la velocidad máxima permitida, superando al menos en 30 kilómetros por hora el límite máximo, y circular sin el carné correspondiente.

La graduación de las multas se hará según los antecedentes del infractor, su posible condición de reincidente y el peligro creado para la seguridad vial. El director general de Tráfico, Pere Navarro, afirma que existe una "demanda social" para hacer frente al "drama" de los accidentes, de ahí estas medidas que antes tenían menor consideración y que, "por coherencia y de acuerdo con los grupos políticos", pasarán a ser más graves.

Estas medidas surgen para reducir las cifras de muertos como las del último fin de semana, con 48 fallecidos. En lo que va de año han sido un total de 2.004 y más de 800 los heridos de gravedad.

Más de 20.000 infractores por rebasar el límiteLos radares de la Dirección General de Tráfico detectaron el pasado mes de julio 20.406 vehículos por exceso de velocidad. Éstos circulaban rebasando la velocidad máxima permitida, es decir, los 120 kilómetros por hora. Entre ellos, los servicios de Tráfico detectaron a uno que iba a 193 kilómetros por hora. En el conjunto de España, los radares fijos detectaron 109.848 vehículos que superaban el límite. De ellos, 66 iban a más de 210 km/h e incluso cinco alcanzaban los 240 km/h.