Tribunal

Fallo de la Sentencia núm. 1035/2023, de 27.06.23 dictada por el Tribunal Supremo

La Opinión

F A L L O: Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta sala ha decidido: 1.º- Estimar el recurso de casación interpuesto por D. Cristian Opazos Menor contra la sentencia dictada por la Sección n.º 17 de la Audiencia Provincial de Barcelona, con el N.º 180/2022, el 28 de marzo de 2022, en el recurso de apelación 338/2021, y casarla, sin imponer las costas del recurso de casación a ninguno de los litigantes y con devolución del depósito constituido para interponerlo. 2.º- Estimar en parte el recurso de apelación interpuesto por D. Cristian Opazos Menor contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de L´Hospitalet de Llobregat, con el n.º 59/2021, el 11 de febrero de 2021, en el procedimiento ordinario 810/2019-8, y revocarla, sin imponer las costas del recurso de apelación a ninguno de los litigantes y con devolución del depósito constituido para interponerlo. 3.º- Estimar en parte la demanda interpuesta por D. Cristian Opazos Menor contra La Opinión de Málaga, S.L. y en consecuencia: i) Declarar que la demandada ha incurrido en intromisión ilegítima en los derechos al honor y la imagen del demandante. ii) Condenar a la demandada a pagar al demandante como indemnización por daño moral 3000 euros. iii) Condenar a la demandada a la eliminación de las imágenes determinantes de la intromisión. iv) Condenar a la demandada a publicar el fallo de esta sentencia en la misma sección en que difundió las imágenes determinantes de la intromisión y a su costa. Y todo ello sin imponer las costas a ninguno de los litigantes. Líbrese al mencionado tribunal la certificación correspondiente, con devolución de los autos y del rollo de sala. Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa. Así se acuerda y firma.