Tribunales
El Supremo confirma 20 años cárcel para el autor del "crimen de la maleta" en Zaragoza
El acusado mató en su casa a un transportista con quien se había citado para mantener relaciones sexuales
EFE
El Supremo ha confirmado la condena de 20 años de prisión a Jonathan W.B. por el asesinato de un hombre con el que pactó un encuentro sexual a través de una aplicación telefónica, en lo que se conoció en Zaragoza como el "crimen de la maleta".
La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia en la que desestima el recurso de casación del condenado y ratifica las sentencias que consideraron probado que el acusado mató en su casa de la capital aragonesa, el 14 de diciembre de 2018, a un transportista con quien se había citado por una aplicación para mantener relaciones sexuales, al que propinó 21 martillazos en la cabeza y la cara.
El Supremo entiende que tanto la Audiencia de Zaragoza como el Tribunal Superior de Justicia de Aragón no vulneraron la presunción de inocencia del acusado al señalar que dio muerte dolosamente a su víctima, mientras mantenían relaciones sexuales, atacándola por detrás con un martillo, hasta romperle la cabeza, y salpicando de sangre la estancia en la que se producían estos hechos.
Y, continúa, terminando por introducir el cadáver en una maleta para después tratar de buscar una coartada, que se desmoronó por las múltiples contradicciones en las que incurrió.
La Sala desestima las alegaciones del recurrente respecto a que no se habían tenido en consideración sus manifestaciones sobre que la autoría material fue obra de un tercero, y destaca, por el contrario, que la prueba fue suficiente y que el jurado rechazó con racionalidad la atribución de la responsabilidad a un tercero.
El jurado descartó esos argumentos del acusado por el posicionamiento de los teléfonos móviles; la admisión inicial de la autoría por parte del acusado; la mecánica de los hechos, que cuadra con tal admisión de hechos; los informes técnicos de investigación de los funcionarios policiales actuantes; el cruce de datos del teléfono móvil de ese tercero, a quien se quiere involucrar en los hechos; y la creación de pistas falsas por dicha persona.
En la sentencia, ponencia del magistrado Julián Sánchez Melgar, se subraya que "no sólo puede concretarse la inexistencia de una tercera persona cuando ocurren los hechos en la tarde del catorce de Diciembre de 2018 por lo previamente expuesto y que la Policía concluye de manera racional y exhaustiva, sino también por las conclusiones de la pericia forense y el informe detallado que al respecto realizan en el Plenario".
"De manera que las pruebas practicadas, de indudable contenido incriminatorio, junto al intento del acusado de eludir la acción de la justicia creando la excusa de atribuir la muerte por él causada a un tercero mediante la argucia de crear pruebas y pistas falsas, así como la especial violencia de la agresión con reiteración de hasta 21 golpes con un martillo en la cabeza de quien se hallaba postrado boca abajo en una cama justifican" la condena, añade.
- La nueva pista sobre el asesinato de los dos guardias civiles en Barbate: "Fue la lancha de un moro, se llama Karim y huyó a Marruecos
- Un preso agujerea la pared de su celda en la cárcel de Lleida para atacar a otro
- Los mensajes del celador acusado de violar a una paciente de 18 años en el Hospital Ramón y Cajal: "Eres un sueño, nunca me había pasado esto
- Hallan restos humanos en la batida de búsqueda de Félix José, el auxiliar de farmacia desaparecido en Alicante
- Un cuchillo con ADN de tres personas irrumpe en el juicio contra Daniel Sancho
- El asesinato de Marianín: un aviso, varias amenazas y una puñalada mortal junto a la estación de tren
- Así captaba a chicas el lama detenido por dar mercurio a sus fieles: "La relación sexual será un instrumento de mayor consciencia
- Un alumno de secundaria pierde un ojo al recibir el golpe de otro estudiante en Almería