Querella

La Fiscalía se opone a que se investigue al policía infiltrado en movimientos sociales de Barcelona

El Ministerio Público asegura en un escrito remitido al juez que las mujeres que mantuvieron relaciones sexuales con el agente las "aceptaron libremente, sin violencia ni intimidación"

Un agente de la Policía Nacional.

Un agente de la Policía Nacional. / EP

J. G. Albalat

La Fiscalía de Barcelona ha solicitado al juez que no admita a trámite la querella presentada por seis mujeres activistas contra el agente de la Policía Nacional D. H. P., que se infiltró en los movimientos sociales de Sant Andreu en Barcelona y en el movimiento sindical entre mayo de 2020 y octubre de 2022. Según la acusación, el policía habría mantenido relaciones sexuales y sentimentales con ellas para obtener información escondiendo su identidad real. La entonces alcaldesa de Barcelona Ada Colau una carta al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, en la que pide explicaciones por las actividades de este policía.

La querella fue interpuesta por seis delitos de abusos sexuales continuados, otros tantos de tortura, de descubrimiento y revelación de secreto y de impedimento de los derechos cívicos. El Juzgado de Instrucción número 21 de Barcelona es que el deberá decidir ahora si admite o no la querella. La fiscalía sostiene que del relato de los hechos descritos por las activistas "no se revela la comisión de ningún hecho subsumible en un tipo delictivo y, en cosencuencia, no procede admitir la querella".

En el escrito remitido al juzgado que debe decidir sobre la apertura o no de una investigación, la fiscalía hace un minucioso repaso a cada uno de los delitos que las querellantes atribuyen al policía nacional. Sobre los presuntos abusos sexuales, el ministerio público relata que las seis mujeres eran "adultas en el momento de consentir las relaciones sexuales y no consta que sufrieran cualquier limitación en su capacidad para consentir", ni que se encontraran "en una situación de especial vulnerabilidad" de la que se "prevaliera" el agente. El documento añade que las mujeres "aceptaron libremente, sin violencia ni intimidación, con carácter previo o concomitante a las relaciones sexuales y mantuvieron ese consentimiento durante su práctica". A su entender, "se desconoce" si las activistas manifestaron al querellado que nunca tendrían ningún tipo de relación con un policía.

Torturas y la integridad moral

La fiscalía también descarta las presuntas torturas. "Aún partiendo de la hipótesis de que el querellado identificado con D. H. P. mantuvo relaciones sexuales con las querelladas para obtener información, cuando se produjeron aquellas, no se daba ninguna relación asimétrica entre ellos", concreta. Es decir, de ningún cargo podía abusar el agente, tal y como exige este delito, desde el momento que las mujeres no sabían que era un policia. "Las relaciones sexuales y de amistad libremente consentidas tampoco tendrían encaje en la acción delictiva", recalca.

Asimismo, la fiscalía rechaza que se haya cometido un delito contra la integridad moral. "La conducta consistente en que su compañero sexual les ocultó su condición de agente de la policía trascurriendo con total normalidad sus relaciones sexo-afectivas no puede considerarse trato degradante", incide la fiscalia. "El hecho de que las querellantes tengan sentimientos de malestar a posteriori no convierte a su experiencia en un acto degradante", afirma.

La fiscalía tampoco considera que el agente haya cometido un delito de revelación de secretos, ni el de impedir el ejercicio de los derechos cívicos. "No se señala en la querella ningún acto concreto que se hubiera impedido realizar a alguna de las seis querellantes. Se dice que se han menoscabado estos derechos, pero lo cierto es que permanecen intactos en ellas. Pueden ejercerlos igual que lo hacían antes de los hechos", destaca el escrito.