El exalcalde de Cómpeta Leovigildo López Cerezo (PP), los ediles Joaquín Ruiz Fernández y José Antonio López Doña, el técnico municipal E. A. Y. y la secretaria del Consistorio, Y. N. V., se enfrentan, cada uno de ellos, a una petición fiscal de un año y tres meses de cárcel y una década de inhabilitación por un delito contra la ordenación el territorio. El juicio se celebra pasado mañana en el Juzgado de lo Penal número 3 de la capital.

Según consta en la calificación fiscal, a la que tuvo acceso La Opinión de Málaga, el 12 de noviembre de 2004, una vecina solicitó al Ayuntamiento de Cómpeta la aprobación del proyecto de actuación para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en la zona conocida como Pago de El Cerro, y clasificada como suelo no urbanizable, según la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), al carecer el municipio tanto de plan general como de normas subsidiarias. Las obras, en cualquier caso, «no son legalizables».

El 4 de marzo de 2005, la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía «formuló informe favorable» al proyecto de actuación, ya que no se consideraba justificada la construcción de una casa en esa zona; para que se hubiera dado el sí, debería haber estado ligada a un fin agrícola, ganadero o forestal.

No obstante, el técnico municipal E. A. Y., el 4 de abril de 2005, «emite informe favorable al proyecto de actuación». El fiscal entiende que realiza «una interpretación torcida y convenida de la normativa urbanística, ignorando las causas» esgrimidas por la Junta de Andalucía.

«Esta lamentable interpretación de la normativa, patente a terceros y palmaria en todos sus extremos, fue corroborada y confirmada por la secretaria del Consistorio, actuando como asesora jurídica», relata el acusador. La abogada era «conocedora de la contrariedad a derecho del contenido del informe del técnico municipal, y sabedora de los argumentos desfavorables de la Consejería de Vivienda».

Pese a ello, «con tales precedentes y como corolario de lo anterior, el 28 de septiembre de 2005, la comisión de gobierno de la corporación procedió al otorgamiento de la licencia solicitada por la vecina». Este órgano estaba integrado por José Antonio López Doña y Joaquín Carmelo Ruiz Fernández, concejales, y Leovigildo López Cerezo como «alcalde, siendo conocedores del informe categórico, claro y evidente de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, en el que se pronunciaba sobre la no adecuación a derecho de lo pretendido, y aun así resolvieron votar a favor», concluye el fiscal.