Una vecina de Totalán tendrá que ser ingresada en un centro psiquiátrico durante tres años para recibir el correspondiente tratamiento por haber cometido un supuesto delito de atentado sobre el alcalde de la localidad, Miguel Ángel Escaño López (PSOE), al que culpaba del hecho de que los Servicios Sociales le hubiesen retirado la custodia de sus hijos pequeños. También se le ha impuesto una orden de alejamiento respecto del regidor también vigente por un trienio.

Curiosamente, aunque se consideran probados los tipos, la mujer ha sido absuelta al haberse apreciado la eximente completa de anomalía psíquica, ya que padece un trastorno bipolar que, en el momento de cometer los hechos, le anuló sus facultades volitivas e intelectivas.

Según consta en el apartado de hechos probados de la sentencia, el 1 de junio de 2010, el Juzgado de Instrucción número 9 de Málaga dictó, en el marco de unas diligencias urgentes, la prohibición de que la mujer se acercara a menos de 50 metros del Ayuntamiento de Totalán o comunicase con Miguel Ángel Escaño por cualquier medio.

Así, la acusada, «con pleno conocimiento de la existencia de dicha prohibición y sabiendo que Escaño se encontraba en el centro de salud de la localidad, donde trabajaba como enfermero», se personó en el mismo a las 10.45 horas del 18 de agosto de 2010.

Así, se dirigió a la consulta de enfermería, «en la que entró violentamente cuando el político y ATS se encontraba atendiendo a una paciente». Una vez en el lugar, la encausada se dirigió a Escaño «gritando que le había arruinado la vida, que por su culpa le habían quitado a sus hijos, agarrándole violentamente por el cuello», considera probado el tribunal.

De hecho, un médico que en ese momento se encontraba en la consulta tuvo que separarlos. El enfermero atendía a la hermana de la encausada, aunque en el envite no sufrió daño alguno. Sólo le rompió la camisa.

Según recoge el tribunal en el apartado de hechos probados de la sentencia, «los servicios sociales comunitarios tramitaron un expediente en el que recayó una resolución por la cual se privó a la acusada de la custodia de sus hijos. Dichos servicios sociales se ubican en la Casa Consistorial de Totalán».

La mujer, explica el órgano colegiado en el fallo, sufre de un trastorno bipolar de larga evolución, «con predominio de fases maniacas, obrando debido a una motivación totalmente patológica al tiempo de cometer los hechos descritos, de modo que en ese momento tenía sus capacidades cognoscitivas y volitivas anuladas en relación a los mismos».

Pese a absolverla, se considera probado que quebrantó una condena y atentó contra el regidor de PSOE, puesto que, pese a trabajar como enfermero, en la fecha de la agresión éste era «alcalde de la localidad».

Un brote motivó su conducta

La enfermedad que sufre la mujer internada, un trastorno bipolar con fases maniacas, propicia que no pueda controlar sus actos, «aun siendo consciente de los mismos», según determinó una perito que la examinó al día siguiente de los hechos. «Actúa por una motivación patológica que anula totalmente sus facultades volitivas más que la conciencia propiamente dicha», explica el tribunal en el fundamento de derecho tercero de la sentencia.

Recuerda el órgano colegiado que el sistema mixto del Código Penal, para apreciar la eximente completa, exige la doble existencia de una causa biopatológica y un efecto psicológico, es decir, la anulación o grave afectación de la capacidad de comprender la ilicitud del hecho o de determinar el comportamiento con arreglo a esa comprensión.

La mujer, durante el juicio, aseguró haber cogido al alcalde del cuello de la camisa, pero afirmó haberlo hecho en legítima defensa, pues el mismo «le agarró la mano muy fuerte» y le hizo daño, una versión que no resultó creíble para la Sala juzgadora.