Por prevaricación

Archivada la denuncia contra el exalcalde de Estepona

El juzgado entienes que de las diligencias practicadas no se extrae ningún indicio de criminalidad

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EFE El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Estepona ha archivado una denuncia contra el exalcalde socialista de Estepona David Valadez, por presuntos delitos de prevaricación, apropiación indebida y malversación de caudales públicos.

La denuncia, interpuesta por cuatro miembros del grupo municipal del PP del ayuntamiento de Estepona y una representante del sindicato CSIF, será sobreseída de forma provisional al asegurar el juzgado que de las diligencias practicadas no se extrae ningún indicio de criminalidad.

Dicho auto se suma a la petición del Ministerio Fiscal en agosto pasado en cuyo escrito declara que hay que afirmar que "con la cautela de evitar que, por el carácter político de la autoridad o funcionario público implicados, no se caiga en el error de dar una respuesta penal a o que no sea más que un caso meramente político".

El exalcalde socialista fue denunciado el 16 de septiembre de 2010 por los concejales del PP y la central sindical CSI-CSIF tras haber pagado el ayuntamiento las nóminas a los empleados públicos con dinero del Patrimonio Municipal del Suelo, según ha informado hoy el ayuntamiento de Estepona mediante un comunicado.

David Valadez ha declarado hoy en rueda de prensa que la justicia "vuelve, por octava vez, a poner freno a la campaña de descrédito y linchamiento de la que ha sido objetivo en estos tres años por aquellos que tenían como único objetivo el de desacreditar su imagen ante la opinión pública", según las fuentes.

El que hoy es portavoz socialista de Estepona ha recordado que el Ministerio Fiscal concluye en su petición de sobreseimiento que "la conducta que ha dado lugar a la formación de la causa no sea constitutiva de delito".

Valadez ha precisado en su comparecencia que a este octavo archivo se suman otros siete producidos en los últimos meses, y que la última denuncia se debió a las transferencias realizadas en dos meses del ayuntamiento a las empresas municipales para el pago de la nómina de los empleados.

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