Las deducciones y desgravaciones que se aplican en la declaración de la renta incluyen diversos conceptos a los que pueden acogerse los contribuyentes en función de sus características. Una de las más frecuentes en la deducción por adquisición de vivienda habitual, que la Agencia Tributaria explica en el vídeo adjunto.

El mapa de estas deducciones es amplio y complejo, puesto que a las que son de carácter estatal hay que aplicar las que son de rango autonómico. Muchas de las deducciones están unidas a las retenciones en el IRPF que Hacienda aplica a través de procesos ordinarios. No obstante, te detallamos las deducciones más comunes y frecuentes a las que se pueden acoger los contribuyentes españoles, con los cambios relativos a la deducción por familia numerosa y las hipotecas con cláusulas suelo abusivas como principales novedades.

Deducción por maternidad

La deducción por maternidad o por tener a cargo a hijos menores de 3 años recoge la posibilidad de aplicar una deducción de hasta 1.200 euros al año por cada hijo nacido o adoptado en territorio español. Los contribuyentes del IRPF con derecho a esta deducción pueden solicitar el abono anticipado de la misma.

El abono anticipado de la deducción por maternidad podrá ser solicitado por las mujeres con hijos menores de 3 años, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad. La casilla 140 es la que debe completarse en la declaración a estos efectos.

Deducción por compra de vivienda habitual

Esta fórmula es otra de las clásicas a emplear por los compradores de vivienda nueva, siempre que se destine a uso habitual, incluyendo partidas relativas a los costes de la hipoteca y los seguros. Sin embargo, existen restricciones a esta deducción desde que esta desgravación fue suprimida, con excepciones, para aquellas viviendas adquiridas en fecha posterior al 1 de enero de 2013. No obstante, muchas personas que compraron su casa antes de esa fecha aún pueden seguir percibiendo hasta una deducción del 15% sobre una base imponible de 9.040 euros anuales, lo que en la práctica se traduce en una cantidad cercana a los 1.400 euros.

Las últimas sentencias sobre las cláusulas suelo, que obligan a las entidades financieras a la devolución de lo cobrado de más a los clientes y que implican la retroactividad total de aquellas consideras abusivas, también tendrá sus repercusiones en la declaración de la renta.

Como concepto general, las cantidades devueltas y los intereses de demora no se integran en la base imponible, por lo que no hay que incluirlos en la declaración de la renta. Pero existen un supuesto en el que sí hay que proceder a una regularización fiscal:

-Si el contribuyente se hubiera beneficiado en su momento de una deducción por inversión en vivienda habitual o deducciones autonómicas, deberá regularizar su situación fiscal con el Ministerio de Hacienda devolviendo el exceso de deducción por vivienda en el IRPF, perdiendo así el derecho a la deducción.

Deducción por donativos

Las cuotas a ONGs, entidades sin ánimo de lucro, mecenazgo y otras donaciones, como aportaciones sindicales o a colegios profesionales, incluyen la posibilidad de deducirse porcentajes del 10%, el 20% y el 30% en la confección de la declaración de la renta del año siguiente.

Deducción por planes de pensiones

Los planes de pensiones permite reducir la base imponible general en función de las aportaciones realizadas, aunque desde ahora la cantidad máxima a invertir, con las consiguientes consecuencia en la deducción, es de 8.000 euros. A partir de este año se podrán recuperar las aportaciones que se hayan realizado una vez hayan pasado 10 años y sin tener que esperar jubilarse.

Deducción por familia numerosa o con discapacitados

Las últimas modificaciones tributarias del año 2015 también han instaurado una nueva deducción a aplicar en la declaración de la renta, de la que este caso se beneficiarán los contribuyentes integrados en una familia numerosa, o con ascendientes o descendientes discapacitados a cargo del contribuyente. Este año se introducen cambios relativos a la cesión de derechos de la deducción, que se aplicarán en los modelos 121 y 122 de la declaración.

Deducción por aportaciones a Partidos Políticos

La nueva normativa fiscal establece una nueva deducción del 20 por ciento de las cuotas de afiliación y las aportaciones a Partidos Políticos, Federaciones, Coaliciones o Agrupaciones de Electores. La base máxima de esta deducción será de 600 euros anuales y sustituye así al anterior modelo de reducción en base imponible