La Audiencia de Málaga ha condenado a dos años y medio de prisión a un hombre por entrar dos veces en la vivienda de su expareja sin el permiso de ésta. Se le condena por dos delitos de allanamiento de morada, después del veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular por unanimidad.

Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado y la víctima tuvieron una relación desde 2007 hasta marzo de 2010, mes en el que la pareja, que convivía en una vivienda en la localidad malagueña de Benalmádena, se separó definitivamente, quedándose en el domicilio la mujer.

Un día de mayo de 2010, la mujer estaba con su nueva pareja en la vivienda cuando, según la resolución, entró el acusado por la puerta principal, utilizando para ello una llave que no había devuelto. Se indica que el hombre estuvo en la casa a pesar de que la mujer le requirió que se marchase.

Al mes siguiente, el procesado volvió a entrar en la vivienda, esta vez por la puerta de la terraza, único acceso al que la mujer no había cambiado la cerradura, por lo que utilizó de nuevo la llave que "se negaba a devolver". Ese día recogió sus efectos personales y devolvió las llaves antes de irse.

El jurado descartó la versión que dio el acusado, quien dijo que la relación no había terminado, sino que se habían dado un tiempo; mientras que el Tribunal popular basó su veredicto en la declaración "convincente" de la víctima, quien negó estos extremos, por lo que se concluyó que la salida de la casa fue definitiva y no quiso devolver las llaves.

Por esto, se considera que las dos entradas del acusado en el inmueble fueron "sin consentimiento" de la mujer, de la que se le impone al hombre la prohibición de aproximarse, así como de comunicarse con ella durante el tiempo de la condena, aunque se respeta el ejercicio de la patria potestad del hijo que tienen en común.

Respecto a la pena de prisión, al no estar los jurados a favor del indulto total, pero sí de la suspensión condicional de la pena, se solicita un indulto parcial que permita reducir la pena impuesta a dos años, lo que posibilitará cumplir con la medida de suspensión. Además, se acuerda la suspensión de la pena hasta que se resuelva la solicitud.