­El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha admitido a trámite los recursos interpuestos por la CNMC (Comisión Nacional de Mercados y Competencia) contra las ordenanzas del taxi de Málaga y Córdoba, un recurso presentado por la CNMC porque ésta considera que «restringen la competencia y eso encarece el servicio en contra del bienestar de los ciudadanos». En concreto, y en el caso de la capital de la provincia, de 4,4 millones de euros.

En una nota, la CNMC indicó que previamente a la interposición del recurso, el pasado 23 de julio la Comisión formuló un requerimiento previo a ambos ayuntamientos para que cambiaran o anularan las modificaciones que habían introducido en sus ordenanzas.

Dicho requerimiento no ha sido atendido y, en consecuencia, la CNMC ha impugnado las dos ordenanzas ante el TSJA.

La Comisión recordó que está legitimada para impugnar actos de las administraciones públicas y las disposiciones de rango inferior a la ley de los que se deriven obstáculos para la competencia en perjuicio de los ciudadanos.

El organismo puntualizó que las principales restricciones que se han impugnado son cuantitativas y relativas a la entrada de taxis, puesto que los ayuntamientos han fijado un número máximo de licencias que pueden operar en los términos municipales, una decisión que, en su opinión, limita la entrada, fracciona el mercado, reduce la disponibilidad y variedad de vehículos, aumenta el tiempo medio de espera, y restringe la competencia entre los operadores.

Otras limitaciones a juicio de la CNMC, son las que se refieren al libre establecimiento del precio, pues la normativa incluye un fijo que impide a los operadores competir libremente y bajar o modificar las tarifas de los servicios en perjuicio de los usuarios.

Otra restricción, según la CNMC, es la participación de las asociaciones de titulares de licencias de taxi en las decisiones administrativas sobre el número de taxis o el nivel de los precios, un procedimiento administrativo que, en su opinión, «captura al regulador y evita que los operadores compitan entre sí, perjudicando a los usuarios».

Los recursos aluden además a la existencia de requisitos «injustificados» sobre la organización de los operadores, pues, entre otras, añade, se exige que el titular de una licencia sea una persona física o bien un miembro de una cooperativa, «que sólo pueda disponer de una licencia como máximo y que se dedique exclusivamente a la prestación de servicios de taxi».

Asimismo, ha hecho referencia a la existencia de requisitos injustificados relativos a la calidad y seguridad, tales como que el vehículo no tenga más de dos años de antigüedad, entre otros, unas disposiciones que, incide la CNMC, limitan la innovación tecnológica y frenan los nuevos servicios que proporciona la economía colaborativa, «que están modernizando el transporte de viajeros y abaratando los servicios a los ciudadanos», precisa.