La Audiencia de Málaga ha condenado a un hombre por estafar a cuatro compradores de pisos, a los que hizo creer que había cancelado las hipotecas que gravaban los inmuebles, cuando no era así. Además de dos años y medio de prisión, se le impone indemnizar a cada uno de los perjudicados con el importe total de la carga que pesa sobre las viviendas.

Según se declara probado en la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el acusado, administrador único de una empresa dedicada a la construcción y promoción de viviendas, vendió varios inmuebles de un edificio en Málaga capital, "haciendo constar en las escrituras que se había cancelado la hipoteca el mismo día de la firma".

Así, en el documento se precisaba que sólo estaba "pendiente de su constatación registral", pero esto "era incierto", señala la resolución, ya que "las hipotecas que gravaban las fincas no se habían cancelado ni aún lo han sido en la actualidad". Los pisos fueron vendidos en septiembre de 2007 y en enero de 2008.

Los precios de venta pactados fueron abonados por las partes compradoras "en la confianza de que el acusado había cancelado los respectivos préstamos hipotecarios", que actualmente se encuentran "pendientes de la correspondiente tramitación del procedimiento judicial a instancias de la entidad bancaria acreedora".

Por estos hechos, se le condena por un delito de estafa. El acusado declaró en el juicio que él nunca había negado la existencia de las hipotecas y que los compradores manejaban toda la documentación; mientras que los perjudicados coincidieron en declarar que les dijo que las viviendas no estaban gravadas.

"El acusado no cumplió con su obligación de cancelar el préstamo que, según había hecho constar en las respectivas escrituras de compraventa, ya había cumplido, cobrando el precio abonado por cada comprador, de manera que manifestó falsamente ante notario que las hipotecas ya estaban canceladas", concluye la Sala.

El Tribunal considera que las pruebas que existen son "suficientes" para estimar que el acusado cometió dicho delito y le aplica la circunstancia que atenúa la pena de dilaciones indebidas, al tener en cuenta que se trata de hechos de 2007.