­El caso Edu estalló el Miércoles Santo de 2014 y, enseguida, se convirtió en una auténtica pasión para sus imputados. En toda la comunidad, se hablaba de un perjuicio de varios cientos de millones de euros, una suma incluso superior al sumario de los ERE. Sin embargo, ese suflé ha bajado mucho, al menos en Málaga, donde el Juzgado de Instrucción número 8 de la capital acordó este lunes el archivo de la conocida pieza política, la que afecta al exdelegado de Empleo en la provincia, Juan Carlos Lomeña y a otros once funcionarios, entre ellos la jefa del Servicio de Formación, el director del centro Rafael Salinas, tres jefes de departamento y los seis empleados públicos que debían realizar el seguimiento de los expedientes. El juez, incluso, asegura que la Junta se vio desbordada y no pudo fiscalizar los expedientes cuestionados.

Este auto de sobreseimiento libre, es decir, definitivo, se suma al archivo de otras diecisiete piezas de noviembre pasado porque el montante supuestamente defraudado no superaba los 120.000 euros y que afectaba a varias empresas físicas y jurídicas. En principio, el fraude en Málaga alcanzaba los dos millones de euros, una suma que luego se amplió pero finalmente ha quedado en casi nada: de las 26 piezas abiertas, cifra que aporta el propio magistrado, ya duermen el sueño de los justos 18.

En cuanto a los delitos de prevaricación y malversación, dice el juez, el atestado policial entendía que se concedió la subvención de forma injustificada a ciertas empresas o personas físicas beneficiarias, «incurriéndose además en numerosas irregularidades», entre ellas que estas mercantiles no cumplían los requisitos exigidos y no se controló el seguimiento de los cursos, entre otros.

El juez explica en su auto que se ha estudiado si hubo connivencia entre los funcionarios responsables de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en Málaga «y las personas físicas o jurídicas beneficiarias de las subvenciones, sin que de la respuesta emitida pueda resultar indicio racional alguno de delito, fuera de las meras sospechas o conjeturas».

El togado va más allá, ya que para él el hecho de que la Intervención provincial fiscalizara las adjudicaciones impide que se pueda incurrir en la selección de beneficiarios; además, en segundo lugar, la existencia de diversos departamentos con múltiples funciones que intervienen, algunos sin funciones claramente concretadas, y otras delimitadas como el Departamento de Gestión Económica, «hace imposible que puedan pasar inadvertidas cualesquiera irregularidades cometidas intencionadamente de mutuo acuerdo con un beneficiario de la subvención, siendo claro que no ha existido ningún tipo de connivencia».

Por otro lado, el fiscal señaló que lo único que se ha comprobado es que la Junta se vio «desbordada e incapaz de llevar a cabo el examen previo, control exhaustivo, seguimiento detallado y verificación pormenorizada del enorme número de cursos subvencionados». Se trata de 527 cursos y expedientes de formación ocupacional, que de 875 en 2009 se incrementaron a 1.485 en 2010, y esto no supone «que exista perjuicio patrimonial a los fondos públicos, cuando se constata que algunas de las entidades no reúnen los requisitos exigidos, porque la administración ha procedido a reclamar el reintegro de las subvenciones, cuando no se llegue a imputaciones penales en las piezas separadas de esta causa contra los beneficiarios».

No hay vinculaciones

En cuanto a los técnicos de seguimiento, concluye el juez que no se ha detectado indicio ninguno de su participación «en supuestas falsedades o de cooperación en el delito de estafa o fraude cometido por algún beneficiario, no existiendo vinculaciones entre los funcionarios y beneficiarios ni de tipo personal de amistad, ni familiar, ni económicas».

Asimismo, recoge el juez el razonamiento del fiscal en el sentido de que los funcionarios han ido cambiando y no se puede sostener que quienes los hayan sustituido, «lejos de denunciar un ilícito penal, lo encubra y, asimismo, que la orden de 23 de octubre de 2009 que regula las subvenciones, permite mucha de las irregularidades que denuncia el atestado policial».

Por todo ello, el juez no ve indicios de que se hayan perpetrado los delitos denunciados y, por tanto, acuerda el sobreseimiento libre de las diligencias previas, decisión contra la que cabe recurso.