­La propuesta de resolución de la reclamación de responsabilidad patrimonial por daños y perjuicios formulada por la familia de la joven que falleció hace más de dos años en un canal de Álora ha sido desestimada por parte de la Secretaria General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, que tiene las competencias del canal. La resolución no es firme, pero en un principio rechazan dar indemnización a los familiares de Mónica Gómez, al considerar que la Junta carece de responsabilidad por la muerte de la menor.

Los familiares de Mónica reclaman una indemnización a la administración andaluza al considerar que existía un daño real y evaluable económicamente por el estado defectuoso de la cubierta del canal cuyas placas se quebraron al paso de la menor.

«La conducta imprudente de la menor fue la causa exclusiva», señala la propuesta de resolución a la que ha tenido acceso este periódico. «€Ante una situación de peligro conocida, que requería extremar la precaución, la actitud escasamente diligente de la víctima, generadora de un riesgo cierto, tuvo una influencia decisiva y determinante en la producción del daño», sigue.

La Consejería insiste en que en toda responsabilidad debe de existir una causa efecto que no se aprecia por parte de la administración. «No toda situación de riesgo genera responsabilidad pues ésta desaparece cuando la conducta exclusiva del perjudicado explica el daño», expone el escrito, que insiste en que el canal cumplía con las condiciones de conservación.

No obstante, la Consejería de Medio Ambiente determina que no existe ninguna norma que obligue a cubrir el canal, al mismo tiempo que rechaza que hubiera causa efecto en el vallado del canal poniendo de relieve que este pretende proteger el lugar y no a las personas que acceden al mismo.

Respecto a la conservación del canal, la administración indica en la propuesta de resolución que la misma corresponde a la Agencia de Medio Ambiente del Agua, que en 2013 había repuesto alambradas deterioradas y bisagras, así como puertas atendiendo instrucciones de la Consejería.

Por otro lado, la Junta niega que hubiera servidumbre de paso «máxime cuando en el expediente de expropiación de los terrenos necesarios para la obra se indemnizó la partición de la finca con el pago del justiprecio». Por el contrario, la madre de Mónica, Isabel, resalta que desde que se hizo el canal su familia contó con permiso para pasar: «teníamos llave de los candados que pusieron en un principio».

La familia de Mónica asegura que seguirá luchando y esta misma semana entregarán un informe pericial sobre el estado de las placas en la reclamación patrimonial e intentarán volver a la vía judicial.

Las clavesRECLAMACIÓNLa familia denuncia la defectuosa conservación del canal

La familia de Mónica Gómez reclama una indemnización por el defectuoso estado del canal, que cedió bajo los pies de la joven.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓNLa Junta señala «la conducta imprudente de la menor»

La Junta expone la «conducta imprudente de la joven» y desestima la reclamación patrimonial en la propuesta de resolución, que no es firme.