El sistema establecido es un desastre. Emasa afirma que el nuevo sistema supone «tarifas más justas, sostenibles y solidarias»; y la defensa numantina que el alcalde, -querido amigo Paco- está haciendo de las mismas apoyado en «a justicia del nuevo sistema» es un grave error como trataré de demostrar. No diré nada de la sostenibilidad de las tarifas por no alargarme en exceso. Pero las otras dos afirmaciones sí merecen ser analizadas.

¿Qué fundamento jurídico sustenta el que los hogares donde viven una o dos personas tenga que subvencionar el consumo del agua de aquellos en que vivan tres o más? Perdón, no vivan, sino -matiz importante- que estén empadronadas. ¿Qué se pretende? ¿Trasladar a la mayor parte de los hogares el peso de una política de protección social que le compete a la administración central o autonómica. La ley permite establecer bloques de tarifas en función del consumo de agua, así como reducciones de precios a colectivos determinados por motivos sociales, benéficos, culturales o de interés público. Pero en modo alguno autoriza la penalización de los consumos per cápita por vía del precio, estructurando las tarifas en función del número de empadronados en cada vivienda.

Sobre el consumo y sus bloques. De entrada los datos de consumos medios de 2007 a 2010 de la memoria de Emasa de 2011 están equivocados. Oscilan alrededor de los 150 litros por habitante y día -que es la cifra aproximada de la media de consumo nacional- y no de los 115 que señala dicha memoria (pag 91). Por tanto la insistencia en un consumo tan bajo -reducción en una tercera parte del consumo de los últimos años-, no tiene lógica de servicio sino de recaudación. Porque el diseño de los bloques de tarifas es tal que permite aumentar la facturación aunque no se varíen los precios y se consuma el mismo volumen de agua que en el pasado e incluso disminuya. Es más; ¿cómo habría que calificar a un sistema tarifario en el que el consumo medio diario por habitante del año 2011 -147,7 litros- se encuentra casi en el límite del cuarto bloque -el más caro- de los cuatro establecidos?

¿Es justo un sistema tarifario en el que para un mismo volumen de consumo, semestral o anual de una vivienda, con el mismo número de empadronados, la factura variará dependiendo de si ese consumo es uniforme a lo largo del tiempo o sufre fuertes alteraciones por múltiples circunstancias? La explicación es muy simple. Cuando te pasas de bloque lo pagas más caro, pero si no llegas lo pagas igual. Por consiguiente, mientras más irregular sea el consumo de una familia, más cara será la factura de agua que pague a fin de año. Realmente este problema se amortigua, o casi no existe, cuando los bloques de consumo tienen una amplitud normal como por ejemplo en Madrid. Pero con bloques de consumo tan pequeños como los establecidos en Málaga, el consumo salta muy fácilmente de un bloque al superior y de esa manera se consiguen aumentar los ingresos sin que aumente el consumo.

La trampa de los consumos medios. Hacer comparaciones de precios de consumos medios con otras ciudades con sistemas tarifarios diferentes esconde el problema fundamental de la nueva tarifa que es su aplicación por habitante empadronado y no por contador o unidad de consumo. La verdadera comparación hay que hacerla teniendo en cuenta los empadronados por vivienda. Y si comparamos la tarifa malagueña con la de Madrid nos encontramos con lo siguiente:

€ Los cuatro bloques de consumo establecidos en Málaga caben dentro del primer bloque de Madrid, es decir el de menor consumo.

€ A pesar de las grandes diferencias de renta por habitante entre la capital de España y Málaga, los precios de la tarifa son cuatro veces más elevados en Málaga que en Madrid? No obstante el juego de los bloques hace que para un consumo similar en una y otra ciudad en Málaga la factura será triple a la de Madrid con un solo empadronado por vivienda; del doble si los empadronados son dos; del 50% más elevada si son tres; del 20% si son cuatro y a partir de esa cifra el precio se iguala.

Diferentes facturación para un mismo consumo familiar

¿Cómo puede calificarse de justo un sistema de tarifas en el que para un volumen idéntico de agua consumida por una familia, con el mismo número de empadronados, el precio de la factura a pagar -en el caso de los edificios con contador único- no va a depender del número de empadronados de esa familia, sino de los vecinos empadronados en el resto de las viviendas? Porque si en un edificio viven muchas personas, la factura será más baja que si viven pocas.

Otro efecto pernicioso del sistema es que para un mismo consumo, por ejemplo de tres personas (matrimonio y un hijo), el simple hecho de que el joven se emancipe va a significar, con independencia de la cuota fija, un aumento de la factura total de agua a pagar en un doble sentido: por el precio a pagar por el joven cuando se va a vivir solo y por el incremento del que pagan los padres al disminuir el número de empadronados.

Sobre el saneamiento, depuración y desalación. ¿Es justo un sistema de tarifas que aplica bloques de precio crecientes al saneamiento, la depuración y la desalación además del consumo de agua? El sentido legal de un precio diferente, de conformidad con el Reglamento de Suministro Domiciliario de Agua en Andalucía, está en estimular la reducción del consumo. Pero, los servicios de saneamiento, depuración y desalación no están contemplados en dicho reglamento, ni tienen nada que ver con el estímulo al ahorro, salvo cuadruplicar el efecto precio. Los ingresos que recibe Emasa en estas rúbricas lo son por la prestación de tales servicios. Y su coste es uniforme por unidad de volumen de agua saneada, depurada o desalada, no habiendo razones de ahorro alguno que justifiquen los bloques. Por lo tanto procedería aplicarles una tarifa plana, nunca por bloques crecientes. El efecto de esa tarifa por bloques provoca una elevación de la factura del agua del siguiente tenor: Del 35% en el precio de la factura del agua saneada, depurada y desalada en el bloque segundo; del 60% en el bloque tercero y del 84% en el bloque cuarto. Además, ¿es justo un sistema tarifario en el que se cobran servicios no prestados? Por ejemplo por las aguas que no se sanean, ni depuran ya que se las traga la tierra en el riego. O por las aguas que no se desalan en años como el pasado de gran abundancia de lluvias.

La casuística de jóvenes y jubilados. ¿Alguien se ha preguntado acerca de la casuística que hay detrás de los más o menos elevados consumos? Una presencia numerosa de niños genera en teoría un mayor consumo medio en una vivienda que si todos sus habitantes fueran adultos. Por el número de empadronados se reduce su factura. Vale. Pero ¿cuántos jubilados no están manteniendo a sus hijos y nietos con sus pensiones? Puesto que viven solos o en pareja, ¿van a ser penalizados más aún en el precio del agua? ¿Cuántos no han tenido que «realojar» a hijos y a nietos por múltiples problemas, aunque estos sigan empadronados en sus antiguos domicilios por necesidades múltiples? ¿Cuántos no lavan la ropa, se duchan, etc., en casa de sus padres o abuelos, porque no pueden pagar su factura de agua, cuando no les han cortado el suministro y quitado el contador? De esta forma se penaliza aún más a los jubilados que están sosteniendo en buena medida la tremenda crisis actual.

¿Además, es justo un sistema de tarifas que penaliza a los jóvenes que tratan de emanciparse al cobrarles el agua más cara por vivir solos?

Problemática de los enfermos ¿Qué justicia hay en un sistema de tarifas en el que se grave más el consumo de agua a familias que por problemas de enfermedad -en muchos casos- permanentes se ven obligadas a lavar diariamente la ropa de cama, por poner un ejemplo? Parece que este tema ha calado en los responsables y ante la protesta que se está generando plantean que las familias «con discapacitados» puedan «bonificarse». ¿Y quiénes son discapacitados? Hay muchísimas enfermedades que no «discapacitan» y exigen un mayor consumo de agua. Además, ¿dónde queda el respeto a la intimidad de las familias si hay que hacer una declaración en unas oficinas para que te apliquen una bonificación en la factura?

Y estas cuestiones son solo parte de una casuística tan variada que no queda resuelta en modo alguno con el nuevo sistema tarifario. Por ejemplo, los pozos privados, las piscinas comunitarias de bloques de pisos, etc. En definitiva, «la justicia y la solidaridad» se ejercen a través de políticas fiscales que no son competencia municipal, ni mucho menos de una empresa privada. La administración local está para prestar servicios al ciudadano; las políticas redistributivas y de rentas corresponden a la administración central y en todo caso a la autonómica. La local puede paliar los efectos de sus tasas y precios públicos con los más desprotegidos, pero nunca trasladar esa responsabilidad al resto de los consumidores del mismo servicio. Y menos a través de unos precios privados como los del agua.

*Rafael Esteve Secall es economista