Sanción europea

Bruselas impone otra multa a Intel de 376 millones por abuso monopolístico en el mercado de chips

En 2009, la Comisión ya multó a Intel tras descubrir que había abusado de su posición dominante en el mercado de unidades centrales de procesamiento x86

Logo de Intel.

Logo de Intel. / EP

Silvia Martinez

Hace 18 meses que el Tribunal General de la UE anuló la multa de 1.060 millones de euros impuesta por la Comisión Europea a la compañía informática estadounidense Intel, por abuso de posición dominante en el mercado de microprocesadores. Bruselas ha decidido contraatacar de nuevo y reimponer una multa que sitúa ahora en los 376 millones de euros alegando que la multinacional utilizó prácticas contrarias a la competencia para excluir a los competidores del mercado, en violación de las normas antimonopolio de la UE.

La decisión inicial fue adoptada en el año 2009 tras una investigación en la que Bruselas identificó dos tipos de prácticas ilegales. En primer lugar, Intel ofrecía descuentos totales o parciales a fabricantes de ordenadores -denominados descuentos condicionales- con la condición de que compraran todas, o casi todos sus procesadores x86. En segundo lugar, pagaba a los fabricantes de ordenadores para que detuvieran o retrasaran el lanzamiento de productos específicos que coontenían procesadores x86 de la competencia y para que limitaran los canales de venta disponibles para estos producto, denominadas ‘restricciones desnudas’.

En su sentencia de 2022, la corte europea decidió anular parcialmente la decisión del Ejecutico comunitario. Concretamente, la parte relacionada con los “descuentos condicionales” de Intel aunque al mismo tiempo confirmó que las ‘restricciones manifiestas’ del gigante estadounidense constituían un abuso de posición dominante en el mercado. según las normas de competencia de la UE. El Tribunal General, no obstante, anuló la totalidad de la multa impuesta al concluir que no podía determinar el importe de la multa en relación únicamente con las ‘restricciones manifiestas’, que según Bruselas constituyen una infracción grave del artículo 102 del Tratado de la UE.

Entre 2002 y 2006

Por ello, la Comisión Europea ha decidido afinar el tiro en su decisión e imponer una multa a Intel únicamente por las restricciones manifiestas. Según Bruselas, estas restricciones tuvieron lugar entre noviembre de 2002 y diciembre de 2006 y consistieron en pagos realizados por Intel a tres fabricantes de ordenadores -HP, Acer y Lenovo- para detener o retrasar el lanzamiento de productos específicos con procesadores x86 de la competencia y limitar los canales de venta. disponible para estos productos.

“Intel pagó a sus clientes para limitar, retrasar o cancelar la venta de productos que contienen chips de ordenador de su principal rival. Esto es ilegal según nuestras normas de competencia. Nuestra decisión muestra el compromiso de la Comisión de garantizar que infracciones antimonopolio muy graves no queden sin sanción”, ha dicho el comisario responsable actualmente de la cartera de competencia, Didier Reynders, sobre la nueva multa de 376 millones. Según ha explicado la Comisión, la rebaja -respecto a la cantidad inicial- “refleja el alcance más limitado de la infracción”. Pese a la decisión, Bruselas mantiene vivo el recurso contra la anulación de la sentencia del Tribunal General.