El Consejo Andaluz de Comercio, en el que están representados los agentes del sector, aprobó ayer el calendario de aperturas de establecimientos comerciales de más de 300 metros cuadrados en domingos y festivos para 2016.

La cifra de días autorizados será de diez -como recoge la Ley autonómica-, y su distribución será equilibrada a lo largo de todo el año, distribuyéndose en ocho meses.

El citado calendario, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) próximamente, establece que las diez jornadas de apertura al público fijadas en la comunidad el próximo ejercicio serán: 3 de enero (domingo), 29 de febrero (lunes), 3 de julio (domingo), 15 de agosto (lunes), 4 de septiembre (domingo), 12 de octubre (miércoles), 27 de noviembre (domingo), 11 de diciembre (domingo), 18 de diciembre (domingo) y 26 de diciembre (lunes).

Este conjunto de fechas contó con el respaldo de la práctica totalidad de los representantes del sector integrados en el Consejo Andaluz de Comercio y presenta, al igual que el año pasado, la reducción de la concentración de días autorizados para apertura en el mes de diciembre, con el objetivo de procurar una distribución más equilibrada a lo largo del año, según una nota de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

Además de fijar las condiciones de aplicación del calendario para domingos y festivos, la normativa andaluza establece que tendrán plena libertad para determinar horarios de apertura los establecimientos de pastelería y repostería, pan y platos preparados, prensa, carburantes y floristerías; las tiendas de conveniencia; y los comercios instalados en puntos fronterizos y estaciones de transporte terrestre, marítimo y aéreo.

También disponen de libertad de apertura en domingos y festivos los establecimientos que dispongan de una superficie útil de venta al público inferior a 300 metros cuadrados, a excepción de aquellos que pertenezcan a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de pyme.