­La Audiencia Provincial de Málaga ha ratificado, casi en su totalidad, la sentencia de un juzgado de lo Penal por que la que se condenó a seis meses de prisión a seis participantes en una pelea multitudinaria ocurrida el 4 de octubre de 2008, a las tres de la madrugada, en un pub de Cártama. En esta refriega, una mujer que se encontraba en el bar y que intentó separar a los contendientes vio como alguno de ellos le estrellaba una vaso en el ojo izquierdo, lo que le ha supuesto una pérdida del 20% en su visión además de perforarle el globo ocular. Como secuela más grave, la pupila de ese ojo se ha desviado hacia el exterior y sufre diversas cicatrices. A esta víctima, tres de los seis condenados deberán indemnizarla en 30.000 euros.

Según la sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de la capital, de 16 de noviembre de 2015, los seis acusados estaban en un bar de Cártama Estación el 4 de octubre de 2008, cuando eran aproximadamente las tres de la mañana, y se encontraban, además, con otras personas no identificadas.

Dos de ellos empezaron a discutir por un motivo que aún no se ha determinado, y rápidamente, dice el juez, se formaron dos bandos: cuatro de ellos constituían uno y el otro estaba formado por tres de los encausados y otros no identificados. «Con ánimo de menoscabar la integridad física de los contrarios y contribuyendo a la finalidad perseguida y con plena aceptación de las consecuencias que se pudieran derivar, se enzarzaron en una pelea tumultuaria en la que se agredieron mutuamente con goles, patadas y puñetazos, usando algunos de ellos botellas, ceniceros y taburetes», considera probado el juez de lo Penal.

Concretamente, añade, en el curso de la riña resultó herida, además de algunos de los encausados, una mujer, prima de uno de los contendientes, que estaba en el local junto a su marido y que «sin más participación que la de mediar en la pelea intentando evitar más agresiones, al interponerse en uno de los grupos para evitar que siguieran pegándole a su primo con un taburete, alguno de los componentes de la banda contraria le golpeó en la cara con un vaso de tuvo que impactó en el ojo».

A consecuencia de los hechos, la mujer sufrió una herida perforante en el globo ocultar interno que precisó una intervención quirúrgica oftalmológica y tratamiento médico posterior, de forma que invirtió 130 días en su curación, seis de ellos de estancia hospitalaria y 100 estando impedida para sus ocupaciones habituales. Como secuelas, le han quedado una pérdida de agudeza visual del 20% del ojo izquierdo, que requiere corrección con gafas, así como la desviación de la pupila del citado ojo al exterior y diversas cicatrices que le causan un perjuicio estético ligero.

El resto de encausados sufrió heridas consistentes en contusiones, incisiones, etcétera... Los seis encausados han sido sentenciados como autores de un delito de riña tumultuaria. El resto de indemnizaciones decretadas por el juez son bajas, aunque la Sala modificó una de ellas con arreglo al baremo de los accidentes de tráfico.