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Agencia Tributaria

Hacienda reclama 4 millones a Limasa por el posible fraude en el canon de asistencia

Considera que Limasa no declaró a Hacienda cerca de tres millones que abonó a los socios privados por el canon de asistencia al estimar la empresa que eran gastos deducibles - La inspección tributaria abarca los cuatro últimos años y 2015, en los que Limasa debió declarar el 30% del canon a través del Impuesto de Sociedades

Hacienda reclama 4 millones a Limasa por el posible fraude en el canon de asistenciaÁlex Zea

­La Agencia Tributaria (Hacienda) ha abierto un expediente de infracción a la empresa mixta de limpieza Limasa por un posible fraude de tres millones de euros al no declarar por el canon de asistencia técnica al entender la empresa que era un gasto deducible por el que no había que presentar ningún tipo de declaración.

El expediente de infracción señala que Limasa habría podido defraudar a Hacienda en los últimos cinco años (incluyendo el actual ejercicio de 2015) algo más de tres millones de euros por no declarar el polémico canon de asistencia técnica. Por esta razón, la Agencia Tributaria le reclamaría ahora la devolución de cerca de 4,5 millones de euros al sumar a la posible cantidad no declarada la sanción correspondiente (en torno al 50% de la cantidad defraudada), en un requerimiento de inspección que se está tramitando en estas semanas, según ha podido conocer La Opinión de Málaga.

El polémico canon de asistencia técnica por el que las empresas privadas de Limasa: Fomento de Construcciones y Contrata (FCC), Urbaser y Sando reciben el 2,5% de la facturación total en concepto de asesoramiento está en el centro de esta inspección abierta por Hacienda.

No es un gasto deducible. Los socios privados han recibido por este concepto desde el año 2001, fecha en la que se inició la contrata de la actual Limasa, la cantidad de 26.651.316 euros, incluyendo 2015. La empresa y los socios privados consideran que este canon eran gastos deducibles sobre los que no habría que declarar. Sin embargo, Hacienda le requiere ahora a Limasa para que declare fiscalmente por dicho concepto y abre un expediente infractor por no haberlo hecho hasta ahora.

La cuestión reside en que el fisco considera que el abono de ese canon de asistencia técnica debe computarse como un beneficio empresarial y no como un gasto, tal como han venido defendiendo tanto los socios privados como la propia dirección de Limasa e incluso el Ayuntamiento de Málaga en estos años. Limasa defiende que el canon es un gasto, ya que pagan por un servicio de asesoramiento que prestan los socios privados y por esa razón es deducible y que por tanto no lo deben declarar.

Sin embargo, en su requerimiento a Limasa, la Agencia Tributaria advierte de que el canon debe considerarse como un beneficio dado que el asesoramiento forma parte de las obligaciones de las empresas privadas y que además no existe facturación que sustente ese concepto de gastos.

A partir de ahí, Hacienda entiende que el canon, como beneficio empresarial, debe formar parte del Impuesto de Sociedades por el que las empresas declaran anualmente el 30% de sus beneficios (un 28% en 2015 que a partir de 2016 se ha rebajado al 25%). Por tanto, Limasa debería haber declarado anualmente desde 2001 el 30% del canon de asesoramiento técnico y, según Hacienda, no lo ha hecho.

Infracción y multa. Hacienda ha inspeccionado ya las cuentas de Limasa de los últimos cuatro años (dado que los años anteriores ya han prescrito) y también el actual ejercicio fiscal de 2015. En estos cinco años el canon cobrado por los socios privados se ha elevado a 10. 334.464 euros, de los que 2.019.081 corresponde a 2015. Hacienda le requiere por tanto a Limasa la liquidación del 30% de la cantidad cobrada entre 2011 y 2014 (ambos inclusive), que suponen unos casi 2,5 millones de euros. A su vez, el 28% del canon de 2015, que supondría unos 565.342 euros. Hacienda reclama a Limasa algo más de 3 millones de euros.

A esa cantidad hay que sumar la posible sanción que, en este caso tanto por la cantidad como por el concepto, es considerada grave y gira en torno al 50% de la cantidad que no se habría pagado. De ahí que la cantidad que la Agencia Tributaria le exija a Limasa devolver sumados los dos conceptos, 4,5 millones de euros, si bien el expediente sancionador de la multa lleva un procedimiento aparte.

La inspección de Hacienda sobre la concepción del canon de asistencia como un beneficio va en la línea con lo que durante los últimos meses han defendido tanto el comité de empresa de Limasa como los grupos de izquierdas de la oposición en el Ayuntamiento. Unos y otros han criticado la existencia de dicho canon, que han calificado como un «beneficio encubierto para mejorar los resultados económicos de los socios privados de Limasa».

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