Los responsables de la Gerencia de Urbanismo han llegado a la conclusión de que acometer «de manera plena» la tramitación de los expedientes de infracción es una «tarea imposible», según constatan en el preámbulo de un plan de inspección urbanística que acaban de aprobar y que ayer fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

En el preámbulo de este plan de inspección se fijan los datos que justifican esta nueva normativa. La Gerencia de Urbanismo tenía a 5 de octubre de 2017 un total de 11.669 expedientes de infracción en tramitación. Lo más grave es que existen también otros 5.011 procedimientos «pendientes de tramitar su archivo». En total 16. 680 denuncias de infracción.

Frente a ello, Urbanismo dispone de 3 inspectores de obra, 1 instructor de procedimientos, 4 administrativos, 3 abogados, 2 arquitectos técnicos, 1 ingeniero industrial, 2 técnicos de gestión y 2 jefaturas, medios que la dirección de Urbanismo considera «limitados y escasos.

Baremo de puntuación

Por ello, en atención a la gran cantidad de expedientes de infracción existentes y en consonancia con los «limitados» medios tanto materiales como personales que dicen disponer, el citado plan de inspección dará «prioridad» y «carácter preferente» a las infracciones consideradas más graves. Para ello el plan establece una baremación que permitirá catalogar la naturaleza de la infracción según una puntuación.

El plan fija cuatro criterios para establecer el orden de prelación: según el tipo de actuación; según la clasificación del suelo y su catalogación; según la fase de ejecución de la obra y según su compatibilidad con la legislación urbanística. La valoración de cada expediente estará comprendida entre 200 y 650 puntos, «teniendo prioridad los que obtengan mayor puntuación».

Se determinan igualmente las actuaciones administrativas que, dentro de la tramitación de los expedientes, tendrán prioridad bien por ser necesarias para atender requerimientos relacionados con la comisión de delitos contra la ordenación del territorio, bien por requerir una especial celeridad para evitar la caducidad de los procedimientos o de la acción para ejercer la potestad de protección de la legalidad, priorizando como medida de coacción la ejecución subsidiaria frente a la imposición de multas coercitivas.

Se ordena también como fin primordial de la actividad inspectora municipal cooperar con la acción de los órganos judiciales y de la Fiscalía tanto en la emisión de informes y dictámenes, como en el cumplimiento de las resoluciones judiciales que reclamen el auxilio judicial para la debida ejecución de las sentencias que se dictaren ordenando la reposición de la realidad física alterada.

En cuanto a los bienes a proteger, el plan de inspección dará prioridad a las actuaciones en suelo clasificado como no urbanizable de especial protección; al Centro Histórico, a los edificios con protección, a los parques, jardines y espacios libre y a los locales comerciales.

El plan, que entró en vigor ayer tras su publicación en el BOP, tiene una vigencia de cuatro años, que puede ser prorrogable, y se aplicará a los procedimientos de infracción incoados a partir de su publicación.