El Ayuntamiento se enfrenta al pago de una factura de 18.000 euros para hacer frente a la indemnización de 300 euros con que deberá resarcir a cada uno de los 61 bomberos a los que denunció en junio de 2017 por no responder a las llamadas que les hicieron desde el Centro de Emergencia para cubrir una baja, denuncia que posteriormente el juzgado sobreseyó al «no existir delito alguno».

Ahora los bomberos que quedaron exculpados por el juzgado están reclamando al área de Personal del Ayuntamiento los 300 euros en concepto de honorario de abogados por asistencia a unas diligencias previas, tal como establece el Estatuto de la Función Pública y el acuerdo de funcionarios.

En estos días todos los bomberos implicados están procediendo a reclamar a Personal la cantidad estipulada, según señaló un portavoz del Sindicato Andaluz de Bomberos (SAB), por lo que si finalmente la reclamación es efectuada por los 61 funcionarios, algo que desde el SAB ya están promoviendo, el Ayuntamiento tendrá que desembolsar algo más de 18.000 euros.

Los hechos que dan lugar a esta situación sucedieron al mediodía del día 27 de junio de 2017, cuando uno de los integrantes del Centro Municipal de Emergencia tuvo que ausentarse, y por tanto se realizaron 61 llamadas al resto del personal para cubrir esa baja, que no respondieron a la llamada.

Ese mismo día hubo además cinco incendios de menor importancia pero que necesitaron ayuda de otros servicios de extinción.

El Ayuntamiento llevó a la Fiscalía a los 61 bomberos que no respondieron a la llamada acusándolos de abandono de servicio público; presunta desobediencia y denegación de auxilio. El Ministerio Público atendió el requerimiento municipal y remitió el caso a un juzgado para que instruyera el caso.

El titular del juzgado de Instrucción número 7, después de llamar uno a uno a los 61 bomberos, decretó el 19 de marzo de 2018 el sobreseimiento del caso al entender que los hechos «no son constitutivos de delito o infracción penal».

En su escrito, el juez argumenta que el Ayuntamiento «no establece los criterios necesarios para los posibles llamamientos al personal fuera de servicio». «No existe protocolo alguno. Todo ello provocó que la ausencia de un mando del centro de emergencia «diera lugar a indiscriminadas llamadas para cubrir el mínimo de asistentes: bomberos que estaban de vacaciones laborales, de baja laboral (alguna de ellas de larga duración), otros saliente de guardia de 24 horas de aquella misma mañana».

El juez concluía que «las llamadas no se hacían a personal designado con anterioridad sino, como se ha dicho, de forma indiscriminada sin ninguna obligación específica».