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Tributos

El Consistorio aprobará hoy la bajada del 25% en la tasa de basura

La reducción sólo se aplica en 2021, afecta sobre todo a hotelería y hostelería y supondrá una caída de ingresos municipales de más de 400.000 euros

El Consistorio aprobará hoy la bajada del 25% en la tasa de basuraÁlex Zea

La Comisión de Pleno de Economía y Hacienda, que se celebra hoy a partir de las diez de la mañana, lleva en uno de los puntos del orden del día una medida ya anunciada pero vital para miles de hoteles y negocios hosteleros: se trata de la reducción del 25% en la tasa de recogida de basuras, una iniciativa que se iba a aplicar en el segundo trimestre del año, cuando los establecimientos, salvo los que prestaban servicios esenciales, cerraron debido al confinamiento que decretó el Gobierno central. Sin embargo, por temas jurídicos, se ha debido modificar la ordenanza sólo para 2021, rigiendo de nuevo en 2022 las tarifas que se pagaban antes.

Así, Gestrisam propone aprobar hoy definitivamente la Ordenanza Municipal Reguladora de la Prestación Patrimonial de Carácter Público no Tributaria por los servicios y actividades relacionadas con la recogida de residuos sólidos urbanos generados por la realización de actividades económicas realizadas por Limasam, introduciendo dos nuevos párrafos. La modificación sólo estará en vigor el año que viene para la reducción de un 25% en la tasa, la correspondiente a un trimestre.

El Ayuntamiento explica que el confinamiento «ha tenido unos efectos más apreciables sobre aquellos sectores relacionados con el turismo y el ocio, en concreto con los establecimientos hoteleros y hosteleros», así como también en la economía y en la sociedad, «en las cadenas productivas y en el día a día de los ciudadanos». Por ello, entre otras medidas, se anunció que en 2020 se iban a aplicar estas medidas «en aquellos casos en que se hubiese producido el devengo de las cuotas en el primer día del año natural y así se solicitó al Ministerio de Hacienda, en varias ocasiones, sin que se haya obtenido una respuesta concreta». Por tanto, resulta imposible aplicar esas medidas en 2020, indica el Consistorio, «pero se adquirió el compromiso con los propios afectados para compensarlo en el próximo con la proporcional reducción de las cuotas a abonar en determinados tributos, entre ellos, aquellos que sirven para satisfacer los servicios de recogida de basuras que a lo largo de este año han modificado su configuración, pasando a adquirir la condición de prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias».

Así, se reducen un 25% las tarifas para los restaurantes, cafeterías, bares, heladerías, horchaterías, casinos, clubes, teatros, servicios de restauración en esos últimos centros culturales, en hoteles, moteles, apartamentos, fondas, casas de huéspedes, campings, colegios mayores y residencias de estudiantes, viviendas turísticas, salas de baile, discotecas y bingos, entre otras.

En este sentido, hay un total de 6.474 negocios de esta naturaleza que dejarán de ingresar en las arcas municipales 411.105,32 euros, según las estimaciones de Gestrisam, en lugar de los 1,64 millones de euros previstos.

Por cierto, la Asociación de Vivienda Turística de Andalucía (AVVA) ha presentado alegaciones, tras el periodo de exposición pública de la nueva ordenanza. El colectivo solicitó que se declare nulo de pleno derecho su inclusión en la ordenanza y, de la misma manera, que el Ayuntamiento también declare la nulidad de las tarifas originalmente previstas como aquellas a las que se les va a aplicar una reducción del 25%. La Asesoría Jurídica le contesta que «el expediente objeto de reclamación, y por tanto el acuerdo adoptado, no incluye nuevos hechos imponibles o tarifas, sino que se limita a modificar, reduciéndolas en un 25%, las tarifas 4 (actividades de servicios de alimentación), 5 (actividades de servicios de hospedaje) y 5,1 (salas de baile, discotecas, casinos y bingos». «Así pues, la reclamación no impugna o alega la cuantía de la tarifa modificada sino la propia existencia de la tarifa y su aplicación a las viviendas con fines turísticos, y tal extremo no ha sido objeto de modificación por el acuerdo reclamado». El Consistorio, de hecho, contesta a la AVVA que las alegaciones debían haberse interpuesto tras la aprobación de la ordenanza en marzo de 2020, según los Servicios Jurídicos municipales, y no en el trámite de su modificación.

«En definitiva, esta reclamación no versa sobre si le parece oportuno o no el acuerdo provisional adoptado (la reducción del 25% en determinadas tarifas), sino que lo que persigue es que se declare la nulidad de pleno derecho de la inclusión de este tipo de viviendas en el hecho imponible de la prestación, cuestión esta que no ha sido objeto de modificación alguna en el presente expediente».

Las viviendas turísticas fueron gravadas con esta tasa al entender que ejercían también una actividad económica: así, las que tienen entre una y cuatro plazas pagaban antes de modificarse esta ordenanza 63,9 euros; de cinco a ocho, 127,8; de nueve a 12, 191,7 euros y las casas con más de 12, 255,6 euros; las nuevas tarifas quedan de la siguiente manera, respetando el orden de la enumeración anterior: 47, 95, 143 y 191 euros.

La AVVA, por tanto, no sólo discute la idoneidad de la reducción, sino que ha impugnado tanto estas tarifas como las anteriores. De momento, se le abre la puerta para ir a los juzgados.

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