El TSJA ratifica el pasaporte Covid para acceder a la hostelería y el ocio nocturno
Toda Málaga sube a nivel 1 de alerta sanitaria pero no se activarán nuevas restricciones ya que la Junta ha suprimido los límites de horario y aforos en comercios, hostelería, ocio nocturno y otras actividades
El TSJA ratificó ayer la obligatoriedad de presentar el pasaporte Covid para acceder a la hostelería y al ocio nocturno después de rechazarlo esta semana en primera instancia por incluir a los trabajadores de estos negocios.
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Estas medidas entrarán en vigor en la madrugada del domingo al lunes y estarán vigentes hasta el 15 de enero del próximo año.
El Alto Tribunal considera que la medida planteada por la Junta de Andalucía cumple con el requisito de proporcionalidad, ya que incluye solo a las personas usuarias -y deja exentos a los empleados- y, además, entiende que es «necesaria e idónea» porque su objetivo es «intentar reducir la tasa ascendente de contagios con la limitación del acceso a aquellos usuarios que poseen un mayor riesgo de transmisión». El TSJA argumenta su decisión debido al aumento de la incidencia acumulada y en que «las fiestas navideñas, dada la multiplicación de las interacciones sociales y desplazamientos, supondrán un incremento del potencial riesgo de contagio». El pasaporte Covid está también en funcionamiento para acceder a hospitales y residencias sociosanitarias.
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Toda Málaga en nivel 1
Toda Málaga pasa a nivel 1 de alerta sanitaria. Es la decisión que tomó el Comité Territorial de Salud, que se reunió finalmente ayer tras el aplazamiento del miércoles. Desde principios de octubre, toda la provincia se había mantenido en nivel 0 de alerta sanitaria, calificado como «de libertad absoluta». Sin embargo, el paso de nivel no acarreará cambios sustanciales.
Hasta ahora, el nivel 1 implicaba la activación de una serie de restricciones de aforos y horarios en la hostelería, el ocio nocturno, los comercios y otras actividades. No obstante, la Junta anunció ayer una flexibilización de los niveles 1 y 2 que elimina los límites de aforo y horarios. Sólo establece para cines, teatros y establecimientos destinados a espectáculos públicos que la circulación de las personas deberá respetarla distancia de seguridad interpersonal, además de que la apertura de puertas se realizará con antelación suficiente para permitir un acceso escalonado y la salida «deberá garantizar la distancia de seguridad, debiendo indicarse mediante la oportuna señalética».
En los espectáculos públicos o eventos multitudinarios, la nueva orden de Salud establece que «será obligatorio el uso de la mascarilla aunque se celebren en espacios al aire libre» y se deberán definir «sectores independientes de máximo 1.000 personas», en los que se designará un punto de acceso con servicios independientes», aunque «no será necesaria realizar la evaluación de riesgos por la autoridad sanitaria».
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