Una persona física o jurídica que no paga sus impuestos en el plazo señalado, la administración correspondiente recarga dicho compromiso de pago con una cantidad, normalmente un 20%, y si transcurrido un periodo de tiempo sigue sin abonarse, se inicia el procedimiento de embargo. En estos tiempos de dificultades económicas son numerosos los casos que llegan a nuestra Oficina planteando este problema, que tiene difícil solución más allá del pago fraccionado o renegociación de la deuda.

Ahora bien, qué ocurre cuando la situación es la contraria, es decir, es la Administración la que demora el pago con una persona física o jurídica y no lo realiza en el plazo establecido, pues en este caso se produce uno de los ejemplos más claros de abuso e incumplimiento del sector público sobre el privado.

Es cierto que, históricamente, el cumplimiento de las condiciones de pago de las administraciones públicas españolas y en especial de los ayuntamientos han carecido del más mínimo rigor en su cumplimiento, pero ahora cuando se han terminado los ingresos adicionales derivados de la construcción, el índice de morosidad se ha triplicado, utilizando a muchas pequeñas y medianas empresas como elementos de financiación y abocándolas a la asfixia económica y en no pocas veces al paro.

Conscientes de esta situación, se ha publicado la Ley 15/2010 de 5 de julio, (BOE núm. 163, de 6 de julio) por la que se establecen medidas contra la morosidad, entre otros cambios, dicha Ley reforma la de Contratos del Sector Público para reducir a treinta días el plazo en que la Administración debe pagar los compromisos contraídos, pero su aplicación no será exigible hasta el 1 de enero de 2013, cabría preguntarse ¿cuántas empresas o autónomos podrán seguir aguantando hasta esa fecha?

Lo que más llama la atención de esta Ley es que asume la gravedad de la situación, en su preámbulo reconoce que «los efectos de la crisis económica se han traducido en un aumento de impagos, retrasos y prórrogas en la liquidación de facturas vencidas, que está afectando a todos los sectores. En especial, está afectando a las pequeñas y medianas empresas, que funcionan con gran dependencia del crédito a corto plazo y con unas limitaciones de tesorería que hacen especialmente complicada su actividad en el contexto económico actual».

Como pueden comprobar se hace una análisis impecable del problema, se reconoce la urgencia de la situación y la repercusión de asfixia económica para las pequeñas y medianas empresas y trabajadores autónomos. Pero las soluciones a partir de enero de 2013. Si la situación no fuera tan dramática sería para reírse.

*Defensor del Ciudadano

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