Crimen
La Audiencia coruñesa impide alzar el secreto de sumario en el caso de Samuel
Impide a las partes personadas acceder al contenido de las diligencias de investigación practicadas hasta el momento | La Justicia revela que "debería prolongarse, al menos, hasta que se realicen los actos de instrucción sustanciales"
EP
La Audiencia Provincial de A Coruña ha fallado este martes en contra de alzar el secreto de las actuaciones en el caso de Samuel Luiz por "la gravedad del delito" y por una serie de diligencias de investigación pendientes "de carácter indudablemente urgente", informa el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Esta medida, que es temporal, impide a las partes personadas en el caso acceder al contenido de las diligencias de investigación practicadas hasta el momento.
La Audiencia, por tanto, ha estimado el recurso interpuesto por la Fiscalía y ha dejado sin efecto el auto dictado el 14 de julio por el Juzgado de Instrucción número 8 de A Coruña que levantaba el secreto de las actuaciones.
El tribunal ha tenido en cuenta para mantener la medida "la gravedad del delito principal objeto de investigación, la pluralidad de implicados y la existencia de una serie de diligencias de investigación policiales y judiciales pendientes de práctica y de carácter indudablemente urgente".
Además, indica en el auto que esta situación de secreto "debería prolongarse, al menos, hasta que se realicen los actos de instrucción sustanciales", entre ellos las testificales de las personas que presenciaron los hechos.
El secreto, según la Audiencia, es necesario para "velar por el adecuado desarrollo de la instrucción, garantizando las fuentes de prueba, la plena normalidad de su desarrollo y evitando situaciones de riesgo para la pluralidad de los testigos pendientes de prestar declaración". Así, el tribunal advierte de que la labor de indagación policial "no está concluida".
Los magistrados explican en el auto que la figura del secreto de las actuaciones, como toda norma limitativa de los derechos fundamentales, es temporal y, en este caso, necesaria.
Por ello, apuntan que la "limitación temporal del ejercicio del derecho de defensa" está destinada "a establecer precauciones de salvaguarda cuando la intervención del acusado en las actuaciones judiciales pueda dar lugar a interferencias, manipulaciones u obstaculizaciones de investigación".
Además, matizan que la medida es "necesaria, excepcional, temporal y prorrogable, de forma que la operatividad del derecho de defensa no quede relegada al juicio oral".
La Fiscalía presentó el miércoles pasado un recurso ante la Audiencia Provincial de A Coruña contra el levantamiento del secreto de sumario que el Juzgado de Instrucción número 8 de A Coruña decretó sobre la investigación de Samuel Luiz.
De los seis detenidos por este crimen, tres permanecen en prisión provisional, una ha sido puesta en libertad con medidas cautelares y dos menores han sido internados en un centro.
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