La Audiencia Provincial de Málaga ha denegado la petición de la defensa de Isabel Pantoja en el sentido de que se le concediera el beneficio de la suspensión de la condena de dos años de cárcel que cumple en Alcalá de Guadaíra por un delito de blanqueo de capitales. Ello quiere decir que la cantante, mal que le pese, seguirá un tiempo más en prisión, pero no mucho, porque en pocas semanas tendría derecho a solicitar el tercer grado.

Pantoja cumple prisión desde noviembre, y en apenas un mes y medio hará un año entre rejas, aunque ya ha disfrutado de permisos y, además, está pagando trimestralmente la multa de 1,16 millones de euros impuesta en este caso de corrupción marbellí.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial, presidida por Lourdes García Ortiz, recuerda que la posibilidad de revisar la condena de Pantoja en base a la mayor flexibilidad del nuevo Código Penal no la contempla la ley, ya que la norma «expresamente excluye la posibilidad de revisar condenas que se estén cumpliendo». Recuerden que un condenado a dos años de cárcel o menos, si no tiene antecedentes y muestra su resolución de reparar el daño causado puede eludir la cárcel, siempre según el criterio del juez previo informe del fiscal. Es muy habitual que ello se haga con delitos poco graves.

El tribunal se congratula del «arrepentimiento» de Pantoja, pero éste no «consta acreditado en la causa». Respecto a la reparación del daño, «no se ha producido en el procedimiento». «En la sentencia a ejecutar no hubo declaración de responsabilidad civil alguna de la condenada. De manera que no debe confundirse -la defensa así lo hace- el pago de la multa como cumplimiento de pena con aquella responsabilidad civil que, repetimos, no se ha declarado», indica la Sala.

En cuanto al cese de la alarma social y haberse conseguido ya el efecto ejemplarizante pretendido, la Sala que castigó a la tonadillera considera que suspender la condena de Pantoja «desactivaría precisamente el fin preventivo y disuasorio de la pena, generando en el ciudadano una sensación de pérdida de la confianza en la intervención estatal frente al desarrollo de algunas conductas delictivas consideradas socialmente como graves».