La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a un año de prisión al administrador de una empresa por un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con un ilícito de lesiones imprudentes después de que un obrero suyo, que reparaba las filtraciones del techo de una nave de la avenida García Morato, cayera desde una altura de 4,50 metros y se partiese un brazo, de forma que no podrá dedicarse más a esa ocupación.

El empresario ha sido sentenciado a abonar más de 31.000 euros al afectado, aunque a esta suma tendrá que hacer frente la compañía aseguradora. La pena es inferior después de que se hayan producido dilaciones indebidas en el procedimiento, puesto que los hechos ocurrieron en noviembre de 2007 y el juicio se celebró en diciembre de 2014. Ahora, ha salido el fallo definitivo, en el que la Audiencia rechaza el recurso presentado por el empresario.

El acusado era, en noviembre de 2007, el administrador de una constructora familiar de forma que adoptaba personalmente las decisiones para el desarrollo de su actividad, dirigía los trabajos y facilitaba los equipos y medidas de seguridad.

El 19 de noviembre, un oficial de primera, albañil, reparaba las filtraciones existentes en un techo de fibrocemento de una nave de la avenida García Morato, en concreto en las instalaciones de una empresa de alquiler de coches.

El obrero reparaba las grietas con tela asfáltica y caucho, y se desplazaba por el techo a través de tablones de madera colocados entre las vigas. Sin embargo, otras zonas se hallaban desprotegidas, sin tablones «ni medida de protección colectiva alguna». En un momento en el que se desplazaba por el techo, una placa cedió, «cayendo este por el hueco hasta el suelo de la nave desde una altura aproximada de 4,50 metros».

Llevaba arnés pero no había un punto fijo al que anclarlo, ni recibió las «instrucciones precisas y detalladas sobre el trabajo y cautelas que debía adoptar». El acusado, dice la Audiencia, permitió que se hicieran los trabajos sin comprobar si la superficie en que debían realizarse «se encontraba completamente asegurada».

El obrero se partió el cotilo derecho -cavidad que une la cabeza del fémur con la pelvis- y el radio del brazo derecho. La Seguridad Social le ha reconocido la incapacidad permanente total.